Disposiciones generales. . (2021/171-1)
Orden de 31 de agosto de 2021, por la que se modifica la Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública, de 24 de julio de 2018, por la que se regula el procedimiento de anticipo de caja fija y la priorización de pagos menores.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 171 - Lunes, 6 de septiembre de 2021

página 

junto a los medios tradicionales de pago como es el pago en efectivo, está extendido el
empleo de los instrumentos electrónicos de pago, entre los cuales destaca el uso del
pago mediante tarjetas bancarias prepago o tarjetas monedero, en las que se carga una
cantidad de dinero para posteriormente realizar pagos de pequeños importes.
En este sentido, la modificación de la orden incorpora, junto al pago en metálico,
el pago mediante tarjeta de débito prepago, recargable, monedero o similar como
forma de abonar las obligaciones con cargo a los fondos en efectivo en el ámbito del
procedimiento de anticipo de caja fija, si bien, puesto que no existe a la fecha actual una
regulación de las condiciones de su utilización, los efectos de la previsión realizada en
lo que respecta a este medio de pago deberán posponerse al momento en que entre en
vigor la regulación que de este medio de pago se realice mediante orden de la Consejería
competente en materia de Hacienda conforme al artículo 52.4 del Reglamento de
organización y funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y de la
gestión recaudatoria.
La presente orden se adecua a los principios de buena regulación referidos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. De acuerdo con los principios de necesidad y
eficacia, la aprobación de esta orden se justifica en razones de interés general: por un
lado, la necesidad de adaptar la normativa a las modificaciones introducidas en el Texto
Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía en relación
con el régimen de gestión económico-presupuestaria, de contabilidad y control de los
consorcios adscritos y de las agencias públicas empresariales previstas en el artículo
2.c) del mencionado Texto Refundido, y por otro un motivo de índole práctica, como es
la incorporación del pago mediante tarjeta de débito prepago, recargable, monedero o
similar como forma de abonar las obligaciones con cargo a los fondos en efectivo en el
ámbito del procedimiento de anticipo de caja fija.
Con el fin de garantizar el principio de seguridad jurídica, la presente orden se dicta
en coherencia con el resto del ordenamiento jurídico de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, nacional y de la Unión Europea, generando un marco normativo estable y claro
que facilita su conocimiento y comprensión. Por otra parte, la regulación que contiene la
norma es proporcionada a la finalidad perseguida y no genera cargas administrativas,
por lo que se da satisfacción a los principios de eficiencia y proporcionalidad.
Finalmente, esta orden mejora la información proporcionada a la ciudadanía sobre la
gestión presupuestaria y contable, en particular aporta información sobre el procedimiento
de anticipo de caja fija, lo que posibilita la transparencia en el funcionamiento de los
poderes públicos.
En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 13.c) y 56 bis del Texto
Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, por
el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, de acuerdo con el Consejo Consultivo de Andalucía,

Artículo único. Modificación de la Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y
Administración Pública, de 24 de julio de 2018, por la que se regula el procedimiento de
anticipo de caja fija y la priorización de pagos menores.
La Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública, de
24 de julio de 2018, por la que se regula el procedimiento de anticipo de caja fija y la
priorización de pagos menores, queda modificada en los siguientes términos:
Uno. Se modifica la denominación y el apartado 1 del artículo 1, que queda redactado
como sigue:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00197861

DISPONGO