Disposiciones generales. . (2021/171-1)
Orden de 31 de agosto de 2021, por la que se modifica la Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública, de 24 de julio de 2018, por la que se regula el procedimiento de anticipo de caja fija y la priorización de pagos menores.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 171 - Lunes, 6 de septiembre de 2021

página 

1. Disposiciones generales
Consejería de Hacienda y Financiación Europea

Las Leyes del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para los ejercicios
2019 y 2020, respectivamente, han introducido modificaciones en el Texto Refundido de
la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado mediante el
Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, para abordar, entre otros aspectos, el nuevo
régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad y control de los consorcios
del artículo 12.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía y de las agencias públicas empresariales previstas en el artículo 2.c) del Texto
Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
La aplicación efectiva de esta modificación se ha iniciado con el tránsito del régimen
presupuestario de estos consorcios y agencias públicas empresariales hacia una
contabilidad presupuestaria mediante la confección de estados de ingresos y gastos y el
establecimiento de un presupuesto limitativo y vinculante, cuya culminación en todas las
áreas, económico-financieras, de contabilidad y control, se producirá en el ejercicio 2021.
Estas modificaciones normativas afectan a la materia regulada en la Orden de la
Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública, de 24 de julio de 2018,
por la que se regula el procedimiento de anticipo de caja fija y la priorización de pagos
menores, siendo necesario, conforme al principio de jerarquía normativa, modificar
aquellos extremos de la disposición reglamentaria que han sido alterados por la nueva
regulación legal.
La aprobación de la presente orden tiene por objeto principal adecuar el ámbito de
aplicación de la Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública,
de 24 de julio de 2018, a lo establecido en las modificaciones normativas operadas por las
Leyes del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para los ejercicios 2019
y 2020, ampliando su ámbito de aplicación a todas las entidades sometidas al régimen de
contabilidad presupuestaria.
En otro orden de cosas, el artículo 76.3 del Texto Refundido de la Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía establece que los ingresos podrán realizarse
mediante dinero de curso legal, giros, transferencias, cheques y cualquier otro medio
o documento de pago, sea o no bancario, reglamentariamente establecido. Asimismo,
podrán hacerse efectivos mediante domiciliación bancaria o tarjeta de crédito o débito, en
los términos que se establezcan mediante orden de la Consejería competente en materia
de Hacienda. En el mismo sentido, el apartado 4 de dicho artículo contempla que la
Tesorería General pueda pagar sus obligaciones por cualquiera de los medios indicados.
En el mismo sentido, el Reglamento de organización y funcionamiento de la Tesorería
General de la Junta de Andalucía y de la gestión recaudatoria, aprobado mediante el
Decreto 197/2021, de 20 de julio, establece la transferencia bancaria como forma ordinaria
de pago en su artículo 52.1, si bien en el artículo 52.4 establece la posibilidad de usar
otros medios de pago, sean o no bancarios, siempre que se regulen por orden de la
persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda las condiciones para
su utilización, que podrá prever la restricción del uso de un medio de pago concreto para
la materialización del pago de determinadas obligaciones.
En la orden que ahora es objeto de modificación, se consideran incluidos en el
procedimiento de anticipo de caja fija determinados gastos periódicos o repetitivos
cuando sea necesario abonarlos con cargo a los fondos en efectivo. En la actualidad,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00197861

Orden de 31 de agosto de 2021, por la que se modifica la Orden de la Consejería
de Economía, Hacienda y Administración Pública, de 24 de julio de 2018, por la
que se regula el procedimiento de anticipo de caja fija y la priorización de pagos
menores.