Disposiciones generales. . (2021/146-4)
Orden de 20 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, reforma y equipamiento de centros de servicios sociales comunitarios, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 146 - Viernes, 30 de julio de 2021
página 251

A.5. Presencia de la mujer en la Junta Directiva o Patronato de la entidad solicitante (0-6 puntos).
Se tendrá en cuenta la composición del órgano de gobierno de la entidad, diferenciando entre hombres y mujeres.
A.6. Calidad en la gestión de la entidad solicitante (0-6 puntos).
Se valorarán por orden decreciente los siguientes aspectos:
Acreditación de que se dispone de certificación de calidad vigente en cada uno de los ámbitos de
actuación para los que soliciten subvención (se admitirá cualquier entidad certificadora), Auditoría de
calidad (externa) y/o acreditación de que se han implantado procesos de autoevaluación y mejora
continua de sus programas (fecha de inicio de la implantación, concreción de los procesos y mejoras).
Certificación de buenas prácticas de la entidad en materia de calidad, emitida por cualquier organismo
público o privado (externa).
A.7. Auditoría externa (0-2 puntos).
Se valorará si la entidad ha sometido su gestión y cuentas a control externo al menos una vez en los dos últimos
años.
B.- PROGRAMA A REALIZAR (0-60 puntos):

00196223

B.1. Actuaciones prioritarias a desarrollar. Se valorarán los siguientes contenidos del programa (0-25
puntos):
- Adecuación a las prioridades establecidas en cada convocatoria, por orden decreciente de importancia.
- La coherencia interna de la investigación o del proyecto de innovación planteado. Objetivos, metodología,
calendarización y resultados esperados.
- Posibilidad de transferencia y aplicada a los servicios sociales.
- Existencia de un sistema de coordinación interna y externa y de colaboración con las diferentes
administraciones públicas y privadas que favorezca la coordinación y un trabajo en red y colaborativo
acreditable con otras entidades.
B.2. Adecuación de los recursos humanos y materiales necesarios a la investigación o proyecto de
innovación planteado (0-15 puntos).
B.3. Incorporación del enfoque integrado de género en todos los ámbitos del programa. Se valorará la
existencia de un diagnóstico previo que contemple la situación de partida de hombres y mujeres objeto de
la investigación/innovación, la utilización de lenguaje no sexista, la existencia de indicadores desagregados
por sexo, el diseño de actuaciones dirigidas a reducir las posibles brechas de género detectadas, junto con
la medida de su consecución, y la formación en materia de género del personal que desarrollará el
proyecto (0-10 puntos).
B.4. Cofinanciación del programa por parte de la entidad solicitante mediante fondos propios (0-10
puntos).
Se valorará la cofinanciación con fondos propios con un mínimo de un 5% .

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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