Disposiciones generales. . (2021/146-4)
Orden de 20 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, reforma y equipamiento de centros de servicios sociales comunitarios, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 146 - Viernes, 30 de julio de 2021
página 252

12.b) Priorización en caso de empate:
Puntuación obtenida en la aplicación de los criterios de valoración establecidos en el apartado 12.a), por
orden decreciente de importancia.
13.- Órganos competentes (Artículo 15):
Órgano/s instructor/es: Comisión de evaluación
Además de las funciones de Instrucción le corresponde las siguientes funciones:
Propuesta provisional de resolución.
Análisis de las alegaciones y documentación presentada.
Propuesta definitiva de resolución.
Otras funciones:
Órgano/s competente/es para resolver: persona titular de la Dirección General con competencias en
materia de servicios sociales, que actuará/n:
En uso de las competencias atribuidas por el artículo:
de
Por delegación de: La persona titular de la consejería competente en materia de servicios sociales.
Órgano/s colegiado/s:
Denominación: Comisión de Evaluación
Además de la evaluación de las solicitudes, le corresponde las siguientes funciones:
Propuesta provisional de resolución.
Análisis de las alegaciones y documentación presentada.
Propuesta definitiva de resolución.
Otras funciones:
- Determinar los intervalos de puntuación y los porcentajes sobre el importe solicitado corregido previstos
en el punto 2 del apartado 5.b) del presente cuadro resumen.
Composición: En la composición de la Comisión de Evaluación se garantizará la representación
equilibrada de hombres y mujeres, de acuerdo con lo dispuesto en el art.11 de la Ley 12/2007, de 26 de
noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
Presidencia:
Jefatura de servicio competente en la materia u órgano superior con funciones de coordinación.
Vocalías:
Personal funcionario de 2 a 5 miembros, uno de los cuales podrá ejercer la función de secretaría.
Secretaría:
Personal funcionario
Las funciones que estas bases reguladoras atribuyen al órgano gestor serán ejercidas por: la presidencia
de la Comisión de Evaluación
Otras funciones a desempeñar por órganos o unidades distintas de los anteriores:

00196223

14.- Dirección electrónica de acceso restringido al estado de tramitación del procedimiento (Artículo 16).
Las personas o entidades que tengan la consideración de interesadas en este procedimiento de concesión de
subvenciones, podrán conocer el estado de tramitación del mismo, a través la siguiente dirección electrónica:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja