Disposiciones generales. . (2021/146-4)
Orden de 20 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, reforma y equipamiento de centros de servicios sociales comunitarios, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 146 - Viernes, 30 de julio de 2021
página 222

4. En el caso de subvenciones para la adquisición, renovación y reparación de productos de apoyo para
personas con discapacidad así como para la adquisición, renovación o reparación de recursos tecnológicos, se
exigirá, además, informe favorable del Centro de valoración y orientación que será solicitado de oficio por el órgano
que tramita la subvención.
5. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
impuestas por las disposiciones vigentes.
4.b) Periodo o periodos durante los que deben mantenerse los requisitos:
Los requisitos señalados en el apartado anterior deberán mantenerse desde el último día del plazo de
presentación de solicitudes hasta la completa justificación de la subvención concedida.
4.c) Otras circunstancias, previstas en normas autonómicas y estatales con rango de ley, y en las normas de la
Unión Europea, que impiden obtener la condición de persona o entidad beneficiaria: no procede.
4.d) Excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de persona o entidad beneficiaria:
No se establecen.
Se establecen las siguientes excepciones al artículo 3.3. del Texto Articulado:
4.e) Personas o entidades obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos durante la tramitación
del procedimiento de concesión:
Todas.
Ninguna.
Las siguientes personas o entidades:
5.- Cuantía de las subvenciones y gastos subvencionables (Artículo 4).
5.a) Cuantía:
Porcentaje máximo de la subvención: hasta 100%
Cuantía máxima de la subvención:
- Adaptación de vehículos de motor: 750 €
- Adquisición y renovación de prótesis y órtesis:
1.º Auditiva: 1.200 € (600 € por cada audífono).
2.º Ocular: 400 €.
3.º Dental: 600 €.
-Adquisición, renovación y reparación de otros productos de apoyo para personas con
discapacidad: coste de la actuación, con el límite máximo de 6.000 euros.
- Adquisición, renovación o reparación de recursos tecnológicos: coste de la actuación, con el
límite máximo de 6.000 euros.
- Gastos de desplazamiento en transporte público o privado: 109 €/mes.

00196223

Cuantía mínima de la subvención:
Importe cierto:
Otra forma:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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