3. Otras disposiciones. . (2021/146-15)
Decreto 200/2021, de 27 de julio, por el que se acuerda la formulación del Plan de Ordenación del Territorio de la Sierra de Cádiz.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 146 - Viernes, 30 de julio de 2021
página 717
Artículo 2. Ámbito territorial.
El ámbito territorial previsto inicialmente para el Plan de Ordenación del Territorio
de la Sierra de Cádiz comprenderá los términos municipales completos y contiguos de
Alcalá del Valle, Algar, Algodonales, Arcos de la Frontera, Benaocaz, Bornos, El Bosque,
Espera, El Gastor, Grazalema, Olvera, Prado del Rey, Puerto Serrano, San José del Valle,
Setenil de las Bodegas, Torre Alháquime, Ubrique, Villaluenga del Rosario, Villamartín y
Zahara.
Artículo 4. Contenido.
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 1/1994, de 11 de
enero, el Plan de Ordenación del Territorio de la Sierra de Cádiz contendrá las siguientes
determinaciones:
a) Los objetivos territoriales específicos y las estrategias para su consecución.
b) El esquema de articulación territorial, que incluya la jerarquía, la funcionalidad y la
accesibilidad del sistema de asentamientos, las infraestructuras básicas y la distribución
de los equipamientos y los servicios de carácter supralocal.
c) La indicación de las zonas para la ordenación y la compatibilización de los usos
del territorio y para la protección y la mejora del paisaje, de los recursos naturales y del
patrimonio histórico y cultural, estableciendo los criterios y las medidas que se deban
adoptar por las Administraciones Públicas para cada zona.
d) La naturaleza de las determinaciones del Plan, distinguiendo entre ellas las que
tienen carácter de normas, directrices o recomendaciones, conforme al artículo 21 de la
Ley 1/1994, de 11 de enero.
e) Las determinaciones de los instrumentos de planeamiento urbanístico y de
los planes con incidencia en la ordenación del territorio que deban adaptarse por ser
contrarias a las contenidas en el Plan, justificando las alteraciones propuestas para las
mismas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00196568
Artículo 3. Objetivos generales.
Las determinaciones que conformen el contenido del Plan de Ordenación del Territorio
de la Sierra de Cádiz se orientarán, dentro del marco establecido por la Ley 1/1994, de 11
de enero, y del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, aprobado por el Decreto
129/2006, de 27 de junio, a la consecución de los siguientes objetivos generales:
a) Favorecer la actividad económica del ámbito y su diversificación, vinculando su
desarrollo a los recursos naturales, paisajísticos y culturales, y a los valores identitarios
del sistema de asentamientos existente.
b) Reforzar la articulación y la accesibilidad externa e interna mediante la mejora de
las infraestructuras y los servicios del transporte.
c) Potenciar una red de espacios libres y de uso público que articule e integre las
áreas naturales y urbanas del ámbito.
d) Establecer criterios de ordenación para el crecimiento de los núcleos urbanos y la
implantación de los usos turísticos y productivos, manteniendo las señas de identidad del
ámbito y evitando la formación de nuevos asentamientos.
e) Mejorar la funcionalidad del espacio productivo rural y sus actividades asociadas.
f) Identificar las zonas que, por su valor estratégico, deban ser destinadas al desarrollo
de usos y actividades especializadas de alcance e incidencia supralocal.
g) Identificar las zonas que deban quedar preservadas de la urbanización por sus
valores territoriales, ambientales, paisajísticos y culturales, y establecer los criterios para
su ordenación y puesta en valor.
h) Delimitar las zonas sometidas a procesos naturales o actividades antrópicas
susceptibles de generar riesgos y establecer criterios para su ordenación y para la
adaptación del territorio ante el cambio climático.
i) Establecer las previsiones y criterios de localización de las infraestructuras
energéticas, hidráulicas y de telecomunicaciones que garanticen la cohesión territorial del
ámbito.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 146 - Viernes, 30 de julio de 2021
página 717
Artículo 2. Ámbito territorial.
El ámbito territorial previsto inicialmente para el Plan de Ordenación del Territorio
de la Sierra de Cádiz comprenderá los términos municipales completos y contiguos de
Alcalá del Valle, Algar, Algodonales, Arcos de la Frontera, Benaocaz, Bornos, El Bosque,
Espera, El Gastor, Grazalema, Olvera, Prado del Rey, Puerto Serrano, San José del Valle,
Setenil de las Bodegas, Torre Alháquime, Ubrique, Villaluenga del Rosario, Villamartín y
Zahara.
Artículo 4. Contenido.
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 1/1994, de 11 de
enero, el Plan de Ordenación del Territorio de la Sierra de Cádiz contendrá las siguientes
determinaciones:
a) Los objetivos territoriales específicos y las estrategias para su consecución.
b) El esquema de articulación territorial, que incluya la jerarquía, la funcionalidad y la
accesibilidad del sistema de asentamientos, las infraestructuras básicas y la distribución
de los equipamientos y los servicios de carácter supralocal.
c) La indicación de las zonas para la ordenación y la compatibilización de los usos
del territorio y para la protección y la mejora del paisaje, de los recursos naturales y del
patrimonio histórico y cultural, estableciendo los criterios y las medidas que se deban
adoptar por las Administraciones Públicas para cada zona.
d) La naturaleza de las determinaciones del Plan, distinguiendo entre ellas las que
tienen carácter de normas, directrices o recomendaciones, conforme al artículo 21 de la
Ley 1/1994, de 11 de enero.
e) Las determinaciones de los instrumentos de planeamiento urbanístico y de
los planes con incidencia en la ordenación del territorio que deban adaptarse por ser
contrarias a las contenidas en el Plan, justificando las alteraciones propuestas para las
mismas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00196568
Artículo 3. Objetivos generales.
Las determinaciones que conformen el contenido del Plan de Ordenación del Territorio
de la Sierra de Cádiz se orientarán, dentro del marco establecido por la Ley 1/1994, de 11
de enero, y del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, aprobado por el Decreto
129/2006, de 27 de junio, a la consecución de los siguientes objetivos generales:
a) Favorecer la actividad económica del ámbito y su diversificación, vinculando su
desarrollo a los recursos naturales, paisajísticos y culturales, y a los valores identitarios
del sistema de asentamientos existente.
b) Reforzar la articulación y la accesibilidad externa e interna mediante la mejora de
las infraestructuras y los servicios del transporte.
c) Potenciar una red de espacios libres y de uso público que articule e integre las
áreas naturales y urbanas del ámbito.
d) Establecer criterios de ordenación para el crecimiento de los núcleos urbanos y la
implantación de los usos turísticos y productivos, manteniendo las señas de identidad del
ámbito y evitando la formación de nuevos asentamientos.
e) Mejorar la funcionalidad del espacio productivo rural y sus actividades asociadas.
f) Identificar las zonas que, por su valor estratégico, deban ser destinadas al desarrollo
de usos y actividades especializadas de alcance e incidencia supralocal.
g) Identificar las zonas que deban quedar preservadas de la urbanización por sus
valores territoriales, ambientales, paisajísticos y culturales, y establecer los criterios para
su ordenación y puesta en valor.
h) Delimitar las zonas sometidas a procesos naturales o actividades antrópicas
susceptibles de generar riesgos y establecer criterios para su ordenación y para la
adaptación del territorio ante el cambio climático.
i) Establecer las previsiones y criterios de localización de las infraestructuras
energéticas, hidráulicas y de telecomunicaciones que garanticen la cohesión territorial del
ámbito.