3. Otras disposiciones. . (2021/143-14)
Orden de 16 de julio de 2021, por la que se encomienda al Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico funciones como entidad colaboradora en la gestión de las subvenciones previstas en la Orden de 13 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación-restauración e inventario de bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 143 - Martes, 27 de julio de 2021
página 263

a) Comprobar que las entidades interesadas cumplen todos los requisitos exigidos
por las bases reguladoras y la restante normativa aplicable y ponerlo en conocimiento del
órgano instructor del procedimiento de concesión de subvenciones.
b) Examinar que las solicitudes presentadas y la documentación técnica son conformes
a lo establecido en la Orden de 13 de diciembre de 2019 e informar al órgano instructor
del procedimiento de concesión de subvenciones de aquellas circunstancias que pudieran
suponer defectos o deficiencias en las mismas, a efectos de que por dicho órgano se
evalúen y, si procede, se formule el requerimiento de subsanación de solicitudes.
c) Examinar que las subsanaciones presentadas son correctas e informar al
órgano instructor del procedimiento de concesión de subvenciones qué entidades
pasarían a la fase de baremación y qué entidades no han subsanado o no lo han hecho
correctamente.
d) Emitir informes técnicos relativos a los proyectos de conservación-restauración o
inventario presentados por las entidades solicitantes de las subvenciones, cuando le sean
recabados por la Comisión de Valoración.
e) Analizar las alegaciones presentadas durante el trámite de audiencia, evaluar si las
entidades beneficiarias provisionales y suplentes acreditan los requisitos y han presentado
correctamente la documentación e informar posteriormente al órgano instructor del
procedimiento de concesión de subvenciones, con el fin de que éste valore, formule la
propuesta definitiva de resolución y proceda a realizar la correspondiente propuesta de
pago.
f) Comprobar la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que
determinen la concesión de la subvención, examinando y evaluando la documentación
justificativa de la realización de la actividad subvencionada presentada por la entidad
beneficiaria, y emitir informe sobre el grado de cumplimiento de la actividad así como del
importe de la justificación presentada, trasladando dicho informe al órgano instructor del
procedimiento de concesión de subvenciones.
g) Emitir informe sobre los aspectos técnicos relativos a la conservación-restauración
e inventario, si procede, en caso de presentación de recursos.
Para las funciones y actuaciones que se encomiendan al Instituto, en relación con
la gestión de las subvenciones previstas en la Orden de 13 de diciembre de 2019, de
la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, tendrán acceso a la Plataforma de
Tramitación w@ndA y deberán cumplir el Código de Conducta en el uso de las Tecnologías
de la Información y la Comunicación para profesionales públicos de la Administración de
la Junta de Andalucía.

Cuarto. Naturaleza y alcance de la gestión encomendada.
La presente orden de encomienda de gestión tiene naturaleza de acto administrativo.
La ejecución por el Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico de las funciones que se le
encomiendan en la presente orden se desarrollarán con los medios humanos y materiales
propios y disponibles en el Instituto y no implicará el abono de importe o compensación
económica alguna a favor del instituto. En consecuencia, la ejecución de la presente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00196277

Tercero. Obligaciones de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico.
Para la ejecución de las actuaciones que se encomiendan al Instituto, la Consejería
de Cultura y Patrimonio Histórico, en el curso de los procedimientos administrativos para
la concesión de las subvenciones previstas en la Orden de 13 de diciembre de 2019
de dicha Consejería y a través de los órganos competentes para la instrucción de los
procedimientos de concesión de subvenciones regulados en la citada orden, planificará,
diseñará, organizará y coordinará las actuaciones necesarias.
A estos efectos, facilitará al Instituto toda la información y documentación vinculada
con el procedimiento de concesión que ésta requiera para el cumplimiento de las funciones
que le son encomendadas por la presente orden.