3. Otras disposiciones. . (2021/143-13)
Instrucción 2/2021, de 21 de julio de 2021, de la Secretaría General de Políticas Sociales, Voluntariado y Conciliación, para la aplicación de determinados aspectos de la Orden de 9 de junio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el ámbito de las competencias de la Consejería.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 143 - Martes, 27 de julio de 2021
página 250
8. Programas de interés social-Garantía de los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI
y sus familiares.
PRIORIDAD 1 (10 puntos):
1. Programas destinados a reforzar la atención y orientación a víctimas de discriminación, odio e intolerancia.
2. Programas formativos destinados a fomentar la tolerancia, la no discriminación y la prevención de la intolerancia.
3. Campañas de prevención en materia de no discriminación a personas LGTBI y sus familiares en el ámbito de la Ley
8/2017, de 28 de diciembre, para garantizar los derechos, la no discriminación y la igualdad de trato de las personas
LGTBI y sus familiares en Andalucía, así como de la Ley 2/2014, de 8 de julio, integral para la no discriminación por
motivos de identidad de género y reconocimiento de los derechos de las personas transexuales en Andalucía.
PRIORIDAD 2 (5 puntos):
4. Programas de formación en enfoque integrado de género en el ámbito de las personas LGTBI y sus familiares y en el
ámbito general de la lucha contra la intolerancia, igualdad de trato y no discriminación.
9. Programas de interés social-Intervención del voluntariado.
PRIORIDAD 1 (10 puntos):
1. Programas desarrollados por entidades de voluntariado llevados a cabo por personas voluntarias que consistan en la
intervención directa sobre los colectivos objeto de atención de la entidad solicitante.
PRIORIDAD 2 (5 puntos):
2. Formación básica sobre temas transversales del voluntariado dirigida a la capacitación y empoderamiento de las
personas voluntarias, ofreciendo itinerarios formativos y orientación según el perfil de las mismas.
3. Formación específica dirigida a personas voluntarias sobre temas relacionados con el área de actuación de la entidad
solicitante, favoreciendo la calidad de la acción voluntaria y el fortalecimiento de la entidad.
4. Formación en nuevas tecnologías, elaboración de programas y apoyo técnico a las entidades que trabajan en el medio
rural.
5. Formación en materia de enfoque integrado de género en el ámbito de la intervención del voluntariado.
PRIORIDAD 3 (2 puntos):
6. Campañas de sensibilización dirigidas a la ciudadanía en general sobre los valores del voluntariado, destinadas a la
captación de personas voluntarias y al fortalecimiento del tejido asociativo.
7. Actuaciones destinadas a favorecer la formación en los principios y valores del voluntariado mediante programas de
Aprendizaje Servicio.
B.2. Contenido técnico del programa a realizar (0-30 puntos).
Se valorará si el programa presentado describe con claridad y coherencia los
siguientes aspectos:
B.2.a) Evaluación de las necesidades de las personas o grupos en que se integran
(0-4 puntos).
Se valorará si el programa está fundamentado en un diagnóstico de la situación que
justifique la actuación y analiza los problemas y necesidades de las potenciales personas
beneficiarias.
Puntuación
Hasta 1
Hasta 1
Hasta 1
Hasta 1
B.2.b) Determinación de los objetivos del programa (0-3 puntos).
Se evaluará si en el programa aparecen claramente definidos los objetivos generales
y específicos a lograr, están en consonancia con el diagnostico previo realizado, están
enmarcados en las políticas de la Consejería competente en materia de servicios sociales
y, en lo que respecta al ámbito de actuación «Personas con adicciones y personas con
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00196299
La puntuación obtenida en los siguientes apartados se computará de forma acumulativa:
Se identifican los problemas y necesidades a los que pretende dar respuesta el programa a
desarrollar, así como la participación y toma de decisiones con las personas destinatarias del
proyecto en el diseño del mismo y, en su caso, actuaciones de coordinación con los servicios
sociales comunitarios.
Se aportan datos estadísticos actualizados que avalan la detección de necesidades, con indicación
de las fuentes de dichos datos. Asimismo, se justifica la evidencia científica que avala el programa,
por experiencias previas demostrables que hayan ayudado a mejorar la vida de las personas.
Se detalla el perfil de la población destinataria directa del programa.
La población destinataria directa del programa está constituida, por jóvenes en situación o riesgo
de exclusión, personas pertenecientes al medio rural, o bien por mujeres con múltiple situación de
vulnerabilidad.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 143 - Martes, 27 de julio de 2021
página 250
8. Programas de interés social-Garantía de los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI
y sus familiares.
PRIORIDAD 1 (10 puntos):
1. Programas destinados a reforzar la atención y orientación a víctimas de discriminación, odio e intolerancia.
2. Programas formativos destinados a fomentar la tolerancia, la no discriminación y la prevención de la intolerancia.
3. Campañas de prevención en materia de no discriminación a personas LGTBI y sus familiares en el ámbito de la Ley
8/2017, de 28 de diciembre, para garantizar los derechos, la no discriminación y la igualdad de trato de las personas
LGTBI y sus familiares en Andalucía, así como de la Ley 2/2014, de 8 de julio, integral para la no discriminación por
motivos de identidad de género y reconocimiento de los derechos de las personas transexuales en Andalucía.
PRIORIDAD 2 (5 puntos):
4. Programas de formación en enfoque integrado de género en el ámbito de las personas LGTBI y sus familiares y en el
ámbito general de la lucha contra la intolerancia, igualdad de trato y no discriminación.
9. Programas de interés social-Intervención del voluntariado.
PRIORIDAD 1 (10 puntos):
1. Programas desarrollados por entidades de voluntariado llevados a cabo por personas voluntarias que consistan en la
intervención directa sobre los colectivos objeto de atención de la entidad solicitante.
PRIORIDAD 2 (5 puntos):
2. Formación básica sobre temas transversales del voluntariado dirigida a la capacitación y empoderamiento de las
personas voluntarias, ofreciendo itinerarios formativos y orientación según el perfil de las mismas.
3. Formación específica dirigida a personas voluntarias sobre temas relacionados con el área de actuación de la entidad
solicitante, favoreciendo la calidad de la acción voluntaria y el fortalecimiento de la entidad.
4. Formación en nuevas tecnologías, elaboración de programas y apoyo técnico a las entidades que trabajan en el medio
rural.
5. Formación en materia de enfoque integrado de género en el ámbito de la intervención del voluntariado.
PRIORIDAD 3 (2 puntos):
6. Campañas de sensibilización dirigidas a la ciudadanía en general sobre los valores del voluntariado, destinadas a la
captación de personas voluntarias y al fortalecimiento del tejido asociativo.
7. Actuaciones destinadas a favorecer la formación en los principios y valores del voluntariado mediante programas de
Aprendizaje Servicio.
B.2. Contenido técnico del programa a realizar (0-30 puntos).
Se valorará si el programa presentado describe con claridad y coherencia los
siguientes aspectos:
B.2.a) Evaluación de las necesidades de las personas o grupos en que se integran
(0-4 puntos).
Se valorará si el programa está fundamentado en un diagnóstico de la situación que
justifique la actuación y analiza los problemas y necesidades de las potenciales personas
beneficiarias.
Puntuación
Hasta 1
Hasta 1
Hasta 1
Hasta 1
B.2.b) Determinación de los objetivos del programa (0-3 puntos).
Se evaluará si en el programa aparecen claramente definidos los objetivos generales
y específicos a lograr, están en consonancia con el diagnostico previo realizado, están
enmarcados en las políticas de la Consejería competente en materia de servicios sociales
y, en lo que respecta al ámbito de actuación «Personas con adicciones y personas con
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00196299
La puntuación obtenida en los siguientes apartados se computará de forma acumulativa:
Se identifican los problemas y necesidades a los que pretende dar respuesta el programa a
desarrollar, así como la participación y toma de decisiones con las personas destinatarias del
proyecto en el diseño del mismo y, en su caso, actuaciones de coordinación con los servicios
sociales comunitarios.
Se aportan datos estadísticos actualizados que avalan la detección de necesidades, con indicación
de las fuentes de dichos datos. Asimismo, se justifica la evidencia científica que avala el programa,
por experiencias previas demostrables que hayan ayudado a mejorar la vida de las personas.
Se detalla el perfil de la población destinataria directa del programa.
La población destinataria directa del programa está constituida, por jóvenes en situación o riesgo
de exclusión, personas pertenecientes al medio rural, o bien por mujeres con múltiple situación de
vulnerabilidad.