3. Otras disposiciones. . (2021/143-13)
Instrucción 2/2021, de 21 de julio de 2021, de la Secretaría General de Políticas Sociales, Voluntariado y Conciliación, para la aplicación de determinados aspectos de la Orden de 9 de junio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el ámbito de las competencias de la Consejería.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 143 - Martes, 27 de julio de 2021
página 251
VIH-SIDA», en las políticas de la Consejería competente en materia de salud y familias, y
se ajustan a la actuación subvencionable en que se incardinan.
B.2.c) Descripción de las actividades concretas que se pretenden realizar (0-2 puntos).
Se evaluará si en el programa se describen las actividades y éstas son adecuadas para la
consecución de los objetivos propuestos.
B.2.d) Calendario de realización (0-2 puntos).
Se valorará que el período de ejecución global del programa sea coherente con el
desarrollo del mismo, así como que la calendarización de actividades responda a las
distintas fases de las actuaciones propuestas, su horario, frecuencia, etc.
B.2.e) Indicadores iniciales, de proceso y resultado (0-3 puntos).
Se valorará la inclusión de un sistema de indicadores cualitativos y cuantitativos que
permitan medir la realización de las actividades propuestas, los resultados obtenidos en
función de los objetivos establecidos y el impacto generado en la población destinataria.
B.2.f) Ámbito territorial del programa (0-4 puntos).
Se valorará el ámbito territorial en el que se pretende llevar a cabo el programa. Se
valorará asimismo que el programa se desarrolle exclusivamente en el medio rural (se
entiende por medio rural el definido en el artículo 3 de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre,
para el desarrollo sostenible del medio rural).
El programa se desarrolla en todas las provincias de Andalucía
El programa se desarrolla en un ámbito que abarca de 6 a 7 provincias
El programa se desarrolla en un ámbito que abarca de 4 a 5 provincias
Puntuación
3
2
1
El programa se desarrolla en un ámbito que abarca de 1 a 3 provincias
0
Aquellos programas que se desarrollen exclusivamente en el medio rural en los
términos indicados anteriormente se valorarán con un punto adicional sobre la puntuación
que correspondiera al ámbito territorial del programa.
B.2.g) Integración de la perspectiva de género (0-3 puntos).
Se valorará si en el diagnóstico previo se contempla la situación de partida de hombres
y mujeres objeto de la actuación y se desagregan por sexo las personas destinatarias
y los indicadores; la existencia de formación en materia de género del personal que
desarrollará el programa, así como la utilización de un lenguaje inclusivo, no sexista.
La puntuación obtenida en los siguientes apartados se computará de forma acumulativa:
En el diagnóstico previo de la situación se contempla la situación de partida de hombres y mujeres
y se desagregan por sexo las personas destinatarias y los indicadores
Se acredita formación en materia de género del personal que desarrollará el programa
Se utiliza un lenguaje inclusivo, no sexista
Puntuación
Hasta 1
Hasta 1
Hasta 1
B.2.h) Especialización en la gestión de programas de similar naturaleza (0-3 puntos).
Se valorará si la entidad ha desarrollado el mismo programa o programas de similar
naturaleza.
Puntuación
3
1
B.2.i) Innovación (0-2 puntos).
Se valorarán como innovadores los programas en los que se prevea implantar un
nuevo, o significativamente mejorado servicio, o bien una mejora en los procesos de
gestión o un nuevo método organizativo en las prácticas internas de la entidad que estén
enfocados a desarrollar medidas o acciones incluidas en los planes estratégicos de
servicios sociales, salud y familias. Se considerará asimismo como programa innovador
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00196299
La entidad ha desarrollado el mismo programa durante el año anterior
La entidad ha desarrollado algún programa similar durante los últimos 5 años
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 143 - Martes, 27 de julio de 2021
página 251
VIH-SIDA», en las políticas de la Consejería competente en materia de salud y familias, y
se ajustan a la actuación subvencionable en que se incardinan.
B.2.c) Descripción de las actividades concretas que se pretenden realizar (0-2 puntos).
Se evaluará si en el programa se describen las actividades y éstas son adecuadas para la
consecución de los objetivos propuestos.
B.2.d) Calendario de realización (0-2 puntos).
Se valorará que el período de ejecución global del programa sea coherente con el
desarrollo del mismo, así como que la calendarización de actividades responda a las
distintas fases de las actuaciones propuestas, su horario, frecuencia, etc.
B.2.e) Indicadores iniciales, de proceso y resultado (0-3 puntos).
Se valorará la inclusión de un sistema de indicadores cualitativos y cuantitativos que
permitan medir la realización de las actividades propuestas, los resultados obtenidos en
función de los objetivos establecidos y el impacto generado en la población destinataria.
B.2.f) Ámbito territorial del programa (0-4 puntos).
Se valorará el ámbito territorial en el que se pretende llevar a cabo el programa. Se
valorará asimismo que el programa se desarrolle exclusivamente en el medio rural (se
entiende por medio rural el definido en el artículo 3 de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre,
para el desarrollo sostenible del medio rural).
El programa se desarrolla en todas las provincias de Andalucía
El programa se desarrolla en un ámbito que abarca de 6 a 7 provincias
El programa se desarrolla en un ámbito que abarca de 4 a 5 provincias
Puntuación
3
2
1
El programa se desarrolla en un ámbito que abarca de 1 a 3 provincias
0
Aquellos programas que se desarrollen exclusivamente en el medio rural en los
términos indicados anteriormente se valorarán con un punto adicional sobre la puntuación
que correspondiera al ámbito territorial del programa.
B.2.g) Integración de la perspectiva de género (0-3 puntos).
Se valorará si en el diagnóstico previo se contempla la situación de partida de hombres
y mujeres objeto de la actuación y se desagregan por sexo las personas destinatarias
y los indicadores; la existencia de formación en materia de género del personal que
desarrollará el programa, así como la utilización de un lenguaje inclusivo, no sexista.
La puntuación obtenida en los siguientes apartados se computará de forma acumulativa:
En el diagnóstico previo de la situación se contempla la situación de partida de hombres y mujeres
y se desagregan por sexo las personas destinatarias y los indicadores
Se acredita formación en materia de género del personal que desarrollará el programa
Se utiliza un lenguaje inclusivo, no sexista
Puntuación
Hasta 1
Hasta 1
Hasta 1
B.2.h) Especialización en la gestión de programas de similar naturaleza (0-3 puntos).
Se valorará si la entidad ha desarrollado el mismo programa o programas de similar
naturaleza.
Puntuación
3
1
B.2.i) Innovación (0-2 puntos).
Se valorarán como innovadores los programas en los que se prevea implantar un
nuevo, o significativamente mejorado servicio, o bien una mejora en los procesos de
gestión o un nuevo método organizativo en las prácticas internas de la entidad que estén
enfocados a desarrollar medidas o acciones incluidas en los planes estratégicos de
servicios sociales, salud y familias. Se considerará asimismo como programa innovador
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00196299
La entidad ha desarrollado el mismo programa durante el año anterior
La entidad ha desarrollado algún programa similar durante los últimos 5 años