Disposiciones generales. . (2021/142-1)
Decreto 197/2021, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y de la gestión recaudatoria.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 142 - Lunes, 26 de julio de 2021
página 35

2. Las personas titulares de los órganos de la Administración de la Junta de
Andalucía, de las agencias administrativas, de régimen especial, de las agencias públicas
empresariales del artículo 2.1, de las instituciones y de los consorcios del artículo 1.b)
a los que se hayan autorizado la apertura de cuentas o el establecimiento de cajas
serán responsables de la custodia de los fondos existentes en las cajas de que pudieran
disponer, así como del control de los fondos de las cuentas que tuvieran autorizadas.
3. Asimismo, serán responsables del control de los fondos y valores de las cuentas y
cajas, las personas autorizadas para su disposición, movimiento o custodia.
CAPÍTULO II

Artículo 22. Transparencia.
1. La Dirección General con competencias en materia de tesorería, en cumplimiento
de la obligación de publicidad activa definida en el artículo 2.b) de la Ley 1/2014, de 24 de
junio, de Transparencia Pública de Andalucía, publicará trimestralmente en el Portal de
Transparencia de la Junta de Andalucía, información de detalle de todos los cobros y de
los pagos realizados por la Tesorería General de la Junta de Andalucía, que deriven de
derechos y obligaciones de la Administración de la Junta de Andalucía, de las agencias
administrativas, de régimen especial, de las agencias públicas empresariales del artículo
2.1, de las instituciones y de los consorcios del artículo 1.b), así como los importes de sus
saldos bancarios.
2. La publicación deberá realizarse durante la primera quincena de los meses de
mayo, agosto, noviembre y febrero, referidas, respectivamente, a los trimestres naturales
inmediatamente anteriores.
3. La información a publicar comprenderá los siguientes datos:
a) Cobros: fecha de la operación, tipo y número del documento contable de ingreso,
importe neto, concepto y cuenta de libro mayor a la que se asigna el cobro.
b) Pagos: tipo de procedimiento de gestión del gasto y del pago, Tesorería ordenadora
del pago, forma de pago, Tesorería competente para realizar el pago material, fecha
de pago, datos identificativos del expediente contable de gasto o del movimiento
extrapresupuestario, su clasificación orgánica, económica y funcional, datos identificativos
del documento de pago, su importe bruto, descuentos e importe neto, código de la
persona acreedora y de la persona beneficiaria del pago, si fuera distinta, sin incluir
datos personales, de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y con la normativa
sobre transparencia.
c) Saldos: importe del saldo diario inicial de las cuentas de la Tesorería General,
número e importe de los cobros contabilizados en el día, número e importe de los pagos
realizados en el día y saldo final de cada día.
4. Los pagos realizados en virtud de nómina se mostrarán agregados por unidad de
nómina y mes.
5. La información publicada por la Dirección General competente en materia de
tesorería en aplicación de lo dispuesto en los apartados anteriores, corresponderá a los
datos de cobros y pagos contenidos en el sistema de gestión presupuestaria, contable
y financiera de la Administración de la Junta de Andalucía. La información referida a la
naturaleza de las obligaciones de pago o de los derechos de cobro, de las personas
acreedoras o deudoras, así como cualquier otra información sustantiva relativa a dichas
obligaciones y derechos, se corresponderá con la que los órganos competentes hayan
consignado en el citado sistema de gestión.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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De las obligaciones en materia de transparencia