Disposiciones generales. . (2021/140-2)
Resolución de 16 de julio de 2021, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se convocan las ayudas previstas en el Capítulo III de la Orden de 23 de noviembre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas previstas en las Estrategias de Desarrollo Local Leader en el marco de la submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, para solicitantes que son Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía.
27 páginas totales
Página
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA
CÓDIGO
MA01
MA02
MA03
MA05/MA04
MA07
SE01
SE07

Número 140 - Jueves, 22 de julio de 2021
página 30

GRUPO DE DESARROLLO RURAL
Antequera
La Axarquía
Guadalteba
Sierra de las Nieves y Serranía de Ronda
Territorio Nororiental de Málaga
Aljarafe-Doñana
Serranía Suroeste Sevillana
TOTAL IMPORTE

SUBMEDIDA 19.2
(Importe en euros)
118.524,66
100.000
60.000
15.000/15.000
250.000
10.000
80.000
2.466.511,47

2. La concesión de las ayudas estará limitada por las disponibilidades presupuestarias
existentes, de acuerdo con el artículo 119.2.j) del Texto Refundido de la Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
3. Se podrán adquirir compromisos de gastos de carácter plurianual de conformidad
con lo establecido en el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo
y su normativa de desarrollo.
4. Con posterioridad a la resolución de concesión, en el supuesto de producirse
eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible, se podrá dictar una resolución
complementaria de la concesión de subvención, cuya aplicación a la concesión no
requerirá una nueva convocatoria, que incluya solicitudes que, aún cumpliendo todos
los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo, de conformidad
con lo previsto en el artículo 10.e) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión
de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto
282/2010, de 4 de mayo.

Octavo. Formularios.
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.5 del Decreto 282/2010, de 4
de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de
Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, se publican conjuntamente
con la presente convocatoria los formularios siguientes:
a) Anexo I. Solicitud de ayuda.
b) Anexo II. Alegaciones/aceptación/presentación de documentos.
d) Anexo III. Solicitud de pago.
e) Anexo IV. Solicitud de anticipo.
f) Anexo V. Solicitud de carta de pago/compensación, aplazamiento o fraccionamiento
de deuda.
2. Todos los formularios indicados en el punto anterior, estarán a disposición de las
entidades solicitante en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios
de la página web de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24520/como-solicitar.html
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00196070

Séptimo. Procedimiento de concesión.
1. De conformidad con el artículo 44 de la Orden de 23 de noviembre de 2017, el
procedimiento de concesión de las ayudas se iniciará con la solicitud del Grupo de
Desarrollo Rural y se tramitará y resolverá en régimen de concurrencia no competitiva,
en atención a la mera concurrencia de la determinada situación de la entidad beneficiaria,
sin que sea necesario la comparación de las solicitudes ni la prelación entre las mismas,
de conformidad con lo establecido en el párrafo segundo del artículo 120.1 del Texto
Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.