Disposiciones generales. . (2021/140-3)
Resolución de 14 de julio de 2021, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se convocan ayudas para la realización de actividades de transferencia de conocimiento, en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020).
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Número 140 - Jueves, 22 de julio de 2021
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Con las siguientes consideraciones:
1.º El coste máximo subvencionable de los contratos de personal de apoyo en cómputo
anual, incluidas las retribuciones brutas y los costes de la seguridad social con cargo al
empleador, serán los establecidos en el punto 5.c.1.º.2.a).1.º, del Cuadro Resumen de las
bases reguladoras del programa de ayudas a acciones complementarias de I+D+i de la
Orden de 7 de abril de 2017.
La selección del personal deberá efectuarse conforme a los procedimientos de
selección de las entidades beneficiarias que estarán sujetos a criterios de publicidad,
concurrencia competitiva y mérito. En los correspondientes procesos de selección se
especificarán las condiciones, requisitos y duración de dichos contratos.
Las entidades beneficiarias recogerán en un acta las actuaciones de publicidad y
difusión realizadas, las plazas ofertadas y sus requisitos de acceso, las candidaturas
presentadas a cada puesto, los criterios de baremación y la puntuación obtenida por cada
persona candidata, así como la selección finalmente resultante.
2.º Serán financiables los costes de adquisición, alquiler, mantenimiento o reparación
de equipamiento y material científico, material bibliográfico y programas y equipos
informáticos destinados al proyecto de investigación. El equipamiento y material
inventariable, de acuerdo con las normas de la entidad, deberá estar dado de alta en
inventario (físico y contable).
Cuando la adquisición se realice para sustituir equipamiento ya existente, solamente
podrá realizarse cuando se haya producido la obsolescencia técnica, o con el fin de
aumentar el valor añadido o mejora de la actividad de I+D+i.
3.º Cuando se trate de ayudas previstas en el Marco Comunitario sobre ayudas
estatales de investigación, desarrollo e innovación, en caso de que el equipamiento y el
material no se utilicen en toda su vida útil para las actuaciones propuestas, únicamente se
considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración
de las actuaciones, calculados según buenas prácticas de contabilidad.
En el caso de que la entidad impute el 100% del material inventariable se aplicarán los
siguientes porcentajes anuales de amortización a fin de determinan la subvencionalidad:
- Equipos informáticos: 25%.
- Software: 33%.
- Equipos para ensayos y asimilados: 25%.
Solo será subvencionable el coste de depreciación de los bienes amortizables
que estén afectos al desarrollo de la operación siempre que se cumplan las siguientes
condiciones:
a) Que así se determine en la correspondiente convocatoria.
b) Que el coste de adquisición del bien esté debidamente justificado por documentos
de valor probatorio equivalente al de facturas.
c) Que los activos depreciados no se hayan adquirido con ayuda de subvenciones
públicas ni la adquisición haya sido objeto de cofinanciación por parte de los fondos.
d) Que la amortización se calcule de conformidad con la normativa contable nacional
pública y privada.
e) Que el coste de depreciación se refiera exclusivamente al periodo de elegibilidad
de la operación.
4.º Serán subvencionables los costes de adquisición de material fungible, suministros
y productos similares.
5.º Costes de conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de
fuentes externas a precios de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado
en condiciones de plena competencia y sin elemento alguno de colusión. Costes de
solicitud y otros costes derivados del mantenimiento de derechos de propiedad industrial
o intelectual.
6.º Costes de contratación de servicios externos, consultorías y subcontratación
destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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