Disposiciones generales. . (2021/140-3)
Resolución de 14 de julio de 2021, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se convocan ayudas para la realización de actividades de transferencia de conocimiento, en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 140 - Jueves, 22 de julio de 2021
página 68

5. Una vez evaluadas las solicitudes, la Comisión de Selección definida en el artículo
15 de la Orden reguladora, en función de las disponibilidades presupuestarias, realizará
la propuesta provisional de selección de solicitudes teniendo en cuenta la valoración
efectuada por la Dirección de Evaluación y Acreditación de la Agencia Andaluza del
Conocimiento o entidad que la sustituya como entidad colaboradora y según los siguientes
criterios:
a) Evaluación de las propuestas de mayor a menor puntuación.
b) Disponibilidad presupuestaria.
c) No se incentivarán propuestas cuya puntuación global sea inferior a 60 puntos.
Decimotercero. Principios que han de respetar los proyectos de investigación.
Los proyectos financiados con estas ayudas y las entidades beneficiarias deberán
cumplir con lo establecido en los principios internacionales y en la normativa vigente
en materia de bioética, experimentación animal, bioseguridad, seguridad biológica,
protección del medioambiente, patrimonio natural y biodiversidad, patrimonio histórico y
cultural y protección de datos. En caso de proyectos con implicaciones bioéticas o de
seguridad, en el formulario de solicitud se incluirá compromiso de aportar, en la fase de
aceptación, certificado favorable del correspondiente Comité.
Decimocuarto. Suspensión de la convocatoria y modificación de las resoluciones de
concesión.
De acuerdo con lo preceptuado en el artículo 29.2 de la vigente Ley 3/2020, de 28 de
diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, el
órgano competente para conceder las subvenciones podrá dejar sin efecto la convocatoria
que no haya sido objeto de resolución de concesión, así como modificar las resoluciones
de concesión, en orden al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y
sostenibilidad financiera.
Decimoquinto. Resolución. Notificación y publicación.
1. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento será de
seis meses y se computará a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la
presentación de solicitudes. Dicho plazo se podrá suspender, de acuerdo con el artículo
22 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en tanto se efectúe la correspondiente evaluación
por parte de la Agencia Andaluza del Conocimiento o entidad que la sustituya.
2. De conformidad con el punto 19 del cuadro resumen arriba referido, los actos que
deban notificarse de forma conjunta a todas las personas o entidades interesadas, y en
particular, los requerimientos de subsanación, el trámite de audiencia y el de resolución
del procedimiento se publicarán en la página web:

en los términos del artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En todo caso, esta publicación
sustituye a la notificación personal y surtirá los mismos efectos.
3. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, las notificaciones que deban
cursarse personalmente se practicarán en el lugar indicado por las personas o entidades
en sus solicitudes.
4. Al realizar las publicaciones previstas en el artículo 21.1 del texto articulado de la
Orden de 7 de abril de 2017, se enviará un aviso informativo a las personas y entidades
incluidas en la correspondiente publicación. El aviso, de carácter meramente informativo,
se dirigirá a la dirección de correo electrónico especificada en el apartado 2 del Anexo I,
formulario de solicitud.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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