Disposiciones generales. . (2021/139-2)
Orden de 14 de julio de 2021, por la que se modifica la Orden de 30 de junio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitivas, dirigidas al fomento de procesos de integración y fusión de entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 139 - Miércoles, 21 de julio de 2021
página 62

g) En el apartado 25.f).1.º Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto
se modifica como sigue:
- se sustituye el punto 5, quedando redactado como sigue:
«5. Para la justificación del cumplimiento de los compromisos establecidos en el
apartado 4.a).2.º 7 del Cuadro Resumen, referidos a la comercialización conjunta,
se deberá aportar Certificación literal del registro que corresponda en función de su
forma jurídica, del contenido de los Estatutos de todas las entidades participantes en la
integración. En el caso de Sociedades cooperativas andaluzas y Sociedades Agrarias
de Transformación inscritas en el Registro de S.A.T. de Andalucía, se podrá sustituir
esta certificación por una autorización, emitida por el representante de cada entidad
participante, en favor del órgano tramitador para que sea éste el que recabe del organismo
competente tal certificación.
Asimismo se aportará Certificado que recoja el compromiso adquirido por la entidad
solicitante y aceptado por la integradora de permanencia por un periodo mínimo de 5
años.».
- se sustituye el punto 7, quedando redactado como sigue:
«7. Certificado de la persona titular de la Secretaría de la entidad integradora, o
persona equivalente según su forma jurídica, en el que se indique que la entidad solicitante
se ha integrado como persona socia de pleno derecho para la actividad principal /sección
y las cuantías económicas de la citada integración.».
- se incluye un nuevo punto 10, quedando redactado como sigue:
«10. En su caso, acreditación de que la Sección de la entidad que se integra se
encuentra inscrita en el Registro correspondiente, salvo que se haya acreditado junto con
la solicitud.».
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00196021

7.º En el caso que alguna de las entidades implicadas en el proceso de integración
sea una entidad mercantil, se deberá aportar certificado del Registro Mercantil en el
que se acredite que más del cincuenta por ciento (50%) de su capital social pertenezca
a sociedades cooperativas o S.A.T. de las indicadas en el artículo 4.a).1.º del Cuadro
Resumen y, en el supuesto de que se trate de una sociedad anónima, que sus acciones
son nominativas e indicación de los títulos de las mismas.
Asimismo, deberá aportar las normas o reglamentos internos que recojan la forma de
liquidación a las entidades socias.
8.º En el caso de que se solicite subvención para los gastos previos (apartado 5.b).1.º
a) del presente Cuadro Resumen), aportar facturas justificativas de los mismos.
9.º En el caso de que se solicite subvención para los gastos de primera aportación al
capital social (apartado 5.b).1.º b).del presente Cuadro Resumen), aportar presupuesto
del importe total de la integración y de la primera aportación a realizar o, en su caso,
realizada. Este documento deberá estar emitido por la entidad integradora.
10.º En el caso de que se soliciten gastos notariales relacionados con el proceso
de integración (apartado 5.b).1.º c) del Cuadro Resumen) factura pro-forma o documento
similar, en el que se recojan los importes solicitados.
11.º Declaración responsable, de la entidad solicitante, de no hallarse incursa en
ninguno de los supuestos del artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, así como no tener la consideración de empresa en crisis.
12.º Declaración responsable en la que se indique que la entidad beneficiaria no ha
recibido ayudas de mínimis en los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio
fiscal en curso, o en caso de haberla recibido, queden reflejadas las cuantías de estas.
13.º Memoria del proceso de integración, con indicación de los plazos necesarios
en el mismo y según el contenido del modelo “Anexo IV” de la convocatoria, donde se
recoja, entre otros, la información general, económica, financiera, social y comercial de la
entidad.
No obstante, podrá ser requerida documentación complementaria, así como el cotejo
de los originales de la documentación presentada.».