Disposiciones generales. . (2021/136-2)
Decreto 195/2021, de 13 de julio, por el que se modifica el Decreto 114/2020, de 8 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 136 - Viernes, 16 de julio de 2021
página 23

los trámites de consulta pública previa y de audiencia e información pública, por tratarse
de una norma organizativa de la Administración de la Comunidad Autónoma.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 21.3, 27.19 y 46.2 de
la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
así como en el artículo 24.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía, a propuesta del Consejero de la Presidencia, Administración Pública
e Interior, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 13 de julio
de 2021,
DISPONGO
Artículo único. Modificación del Decreto 114/2020, de 8 de septiembre, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración
Pública e Interior.
El Decreto 114/2020, de 8 de septiembre, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, queda
modificado como sigue:
Uno. Se modifica el párrafo s) del artículo 1, que queda redactado como sigue:
«s) El fortalecimiento y fomento de la conciencia de identidad del pueblo andaluz, a
través de sus distintas manifestaciones, así como la defensa, protección, proyección y
promoción de la imagen de Andalucía y de sus valores. En el ejercicio de esta competencia
se podrán desarrollar todo tipo de actuaciones administrativas, en especial la realización
de actividades de sensibilización, suscripción de convenios y otros tipos de instrumentos
de colaboración con las distintas Administraciones Públicas y personas y entidades
públicas y privadas, que vayan dirigidos al cumplimiento de las citadas atribuciones y que
sean de interés general para la Comunidad Autónoma.»
Dos. Se modifica el apartado 1.a) del artículo 2, que queda redactado como sigue:
«1. La Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior se estructura,
bajo la superior dirección de su titular, en los siguientes órganos directivos:
a) Centrales:
Viceconsejería.
Secretaría General para la Administración Pública.
Secretaría General de la Presidencia.
Secretaría General de Interior y Espectáculos Públicos.
Secretaría General de Acción Exterior.
Comisionado para el Cambio Climático y Modelo Energético.
Secretaría General Técnica.
Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía.
Dirección General de Comunicación Social.
Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias.
Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública.
Dirección General de Emergencias y Protección Civil.
Dirección General de Andalucía Global.»
«3. Se atribuye a la Secretaría General para la Administración Pública:
a) La dirección, definición e impulso de los planes, proyectos e iniciativas de
transformación de la Administración Pública.
b) La gestión de evaluación de las políticas públicas, bajo las directrices de la
Secretaría General de Regeneración, Racionalización y Transparencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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Tres. Se modifica el apartado 3 del artículo 5, que queda redactado como sigue: