Disposiciones generales. . (2021/135-7)
Resolución de 9 de julio de 2021, de la Universidad de Huelva, por la que se convocan Ayudas para la recualificación del sistema universitario español para 2021-2023 de acuerdo con el Real Decreto 289/2021, de 20 de abril, y la Orden UNI/551/2021, de 26 de mayo.
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Número 135 - Jueves, 15 de julio de 2021
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7.º Se aplicará una ampliación de dos años adicionales para las personas con una
discapacidad reconocida igual o superior al treinta y tres por ciento.
ii. Solicitar su incorporación en una Universidad o Centro de Investigación públicos
distintos a aquél en el que realizaron su formación predoctoral y obtuvieron el doctorado.
iii. Haber obtenido el título de doctor/a en la Universidad de Huelva, en universidades
privadas o tratarse de personas de nacionalidad española que lo hayan obtenido en
universidades o centros de investigación extranjeros.
iv. En el caso de que las ayudas se soliciten por personas que hubiesen obtenido
el título de doctor/a en la Universidad de Huelva para estancias de formación en
universidades o centros de investigación situados en el extranjero, o para estancias de
formación en centros de investigación públicos españoles, el último año de la ayuda
deberá realizarse en una universidad pública española de su elección, pudiendo ser la
Universidad de Huelva.
v. En el caso de personas que hayan obtenido el título de doctor/a en universidades
privadas, o de personas de nacionalidad española que hayan obtenido el título de doctor/a
en universidades o centros de investigación extranjeros será requisito obligatorio que
se realice la estancia posdoctoral íntegramente en la Universidad de Huelva o que se
incorpore al menos el último año de la ayuda a la misma.
vi. No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño
de funciones públicas. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a
o en situación equivalente, ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria que impida en
su Estado el acceso al empleo público.
vii. No tener vínculacion de carácter laboral, funcionarial o estatutario con la
Universidad de Huelva. En caso de que la persona beneficiaria mantuviese una relación
previa con la Universidad de Huelva deberá formular renuncia expresa a la misma antes
del inicio del disfrute de la ayuda.
b) En la Modalidad B Ayudas para la recualificación del profesorado universitario
funcionario o contratado:
i. Ejercer en la Universidad de Huelva como Profesor/a Titular de Universidad,
Profesor/a Contratado Doctor o Profesor/a Ayudante Doctor.
ii. Solicitar la incorporación en una Universidad o Centro de Investigación públicos
distinto a la Universidad de Huelva.
iii. El profesorado titular de universidad y el contratado doctor no deberá superar diez
años de servicio en la figura que ostente en el momento de la solicitud.
iv. No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño
de funciones públicas. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a
o en situación equivalente, ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria que impida en
su Estado el acceso al empleo público.
c) En la Modalidad C Ayudas María Zambrano para la atracción de talento
internacional:
i. Estar desarrollando, en el momento de formular la solicitud, proyectos de
investigación, y/o impartiendo docencia en universidades o centros situados fuera de
España.
ii. Ser personal docente e investigador, de nacionalidad española o de otro país,
con una trayectoria posdoctoral acumulada no inferior a veinticuatro (24) meses en
universidades o centros de investigación españoles o situados fuera de España diferentes
al de la defensa de la tesis doctoral.
iii. Que las estancias objeto de las ayudas se desarrollen en la Universidad de
Huelva.
iv. Justificación del impacto de su incorporación en la recualificación del equipo de
acogida de la Universidad de Huelva.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195679
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 170
7.º Se aplicará una ampliación de dos años adicionales para las personas con una
discapacidad reconocida igual o superior al treinta y tres por ciento.
ii. Solicitar su incorporación en una Universidad o Centro de Investigación públicos
distintos a aquél en el que realizaron su formación predoctoral y obtuvieron el doctorado.
iii. Haber obtenido el título de doctor/a en la Universidad de Huelva, en universidades
privadas o tratarse de personas de nacionalidad española que lo hayan obtenido en
universidades o centros de investigación extranjeros.
iv. En el caso de que las ayudas se soliciten por personas que hubiesen obtenido
el título de doctor/a en la Universidad de Huelva para estancias de formación en
universidades o centros de investigación situados en el extranjero, o para estancias de
formación en centros de investigación públicos españoles, el último año de la ayuda
deberá realizarse en una universidad pública española de su elección, pudiendo ser la
Universidad de Huelva.
v. En el caso de personas que hayan obtenido el título de doctor/a en universidades
privadas, o de personas de nacionalidad española que hayan obtenido el título de doctor/a
en universidades o centros de investigación extranjeros será requisito obligatorio que
se realice la estancia posdoctoral íntegramente en la Universidad de Huelva o que se
incorpore al menos el último año de la ayuda a la misma.
vi. No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño
de funciones públicas. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a
o en situación equivalente, ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria que impida en
su Estado el acceso al empleo público.
vii. No tener vínculacion de carácter laboral, funcionarial o estatutario con la
Universidad de Huelva. En caso de que la persona beneficiaria mantuviese una relación
previa con la Universidad de Huelva deberá formular renuncia expresa a la misma antes
del inicio del disfrute de la ayuda.
b) En la Modalidad B Ayudas para la recualificación del profesorado universitario
funcionario o contratado:
i. Ejercer en la Universidad de Huelva como Profesor/a Titular de Universidad,
Profesor/a Contratado Doctor o Profesor/a Ayudante Doctor.
ii. Solicitar la incorporación en una Universidad o Centro de Investigación públicos
distinto a la Universidad de Huelva.
iii. El profesorado titular de universidad y el contratado doctor no deberá superar diez
años de servicio en la figura que ostente en el momento de la solicitud.
iv. No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño
de funciones públicas. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a
o en situación equivalente, ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria que impida en
su Estado el acceso al empleo público.
c) En la Modalidad C Ayudas María Zambrano para la atracción de talento
internacional:
i. Estar desarrollando, en el momento de formular la solicitud, proyectos de
investigación, y/o impartiendo docencia en universidades o centros situados fuera de
España.
ii. Ser personal docente e investigador, de nacionalidad española o de otro país,
con una trayectoria posdoctoral acumulada no inferior a veinticuatro (24) meses en
universidades o centros de investigación españoles o situados fuera de España diferentes
al de la defensa de la tesis doctoral.
iii. Que las estancias objeto de las ayudas se desarrollen en la Universidad de
Huelva.
iv. Justificación del impacto de su incorporación en la recualificación del equipo de
acogida de la Universidad de Huelva.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195679
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía