Disposiciones generales. . (2021/135-7)
Resolución de 9 de julio de 2021, de la Universidad de Huelva, por la que se convocan Ayudas para la recualificación del sistema universitario español para 2021-2023 de acuerdo con el Real Decreto 289/2021, de 20 de abril, y la Orden UNI/551/2021, de 26 de mayo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 135 - Jueves, 15 de julio de 2021
página 172
Al formulario de solicitud se adjuntará digitalizada y en formato pdf, a través del gestor
de solicitudes, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos y méritos alegados
indicada en el Anexo IV (el tamaño del fichero estará limitado a un máximo de 4 MB).
3. Las personas solicitantes con discapacidad y grado reconocido igual o superior al
treinta y tres por ciento que deseen participar en cualquiera de las modalidades de ayudas
de esta convocatoria deberán indicarlo expresamente en el apartado correspondiente
de la solicitud. Deberán adjuntar certificado, en vigor, acreditativo de la condición de
persona discapacitada y del grado de discapacidad reconocido, expedido por el órgano
competente. Dicha discapacidad ha de estar oficialmente reconocida previamente a la
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
4. Una vez finalizado el registro de la solicitud en el gestor de solicitudes y adjuntados
todos los documentos requeridos, la persona solicitante deberá finalizar el proceso y
generar el documento acreditativo de presentación de la solicitud de la ayuda.
Dicho documento, dirigido al Vicerrector de Investigación y Transferencia, podrá
presentarse en el Registro de la Universidad de Huelva, bien el presencial o el electrónico
(https://sede.uhu.es/registro_electronico.php), o por cualquiera de los medios establecidos
en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Para las personas solicitantes que opten por la presentación de su solicitud en un
registro distinto del de la Universidad de Huelva, con objeto de agilizar el proceso de
selección, se recomienda el envío de dicha solicitud, una vez registrada, a la Oficina
de Gestión de la Investigación de la Universidad de Huelva por correo electrónico en la
dirección ogi@uhu.es, dentro de los dos (2) días siguientes al de la presentación.
5. Se tendrán por adjuntados a la solicitud los documentos y la información que se
hubiese incorporado al gestor de la solicitud.
6. La participación en esta convocatoria supone la aceptación para que los órganos de
gestión, evaluación y verificación internos o externos puedan utilizar los datos facilitados
para los fines propios del proceso regulado en esta convocatoria.
La presentación de una solicitud en cualquiera de las modalidades de ayudas de la
convocatoria implica la aceptación y conformidad con su contenido.
Décima. Procedimiento de evaluación de las solicitudes y selección de las personas
beneficiarias.
1. La concesión de las ayudas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva,
de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no
discriminación, así como los de eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y de
eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
2. Las evaluaciones se efectuarán por evaluadores externos designados por la
Comisión de Selección conforme a lo indicado en la base séptima.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195679
Novena. Subsanación.
1. Revisadas las solicitudes presentadas, se publicará conforme a lo previsto en la
base segunda la lista provisional de solicitantes admitidos y excluidos
2. Esta convocatoria se tramitará con carácter de urgencia, lo que afectará a los
plazos administrativos.
3. Aquellas personas solicitantes que no reúnan los requisitos o documentos exigidos
dispondrán de un plazo de cinco días hábiles para subsanar la falta o acompañar los
documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por
desistidos de su petición, previa resolución. En este plazo en ningún caso se podrán
reformular las solicitudes presentadas.
4. Una vez revisadas las alegaciones y documentación presentadas, se publicará
conforme a lo previsto en la base segunda la lista definitiva de solicitantes admitidos y
excluidos a trámite. Las personas solicitantes admitidas serán evaluadas siguiendo el
procedimiento establecido en la base décima.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 135 - Jueves, 15 de julio de 2021
página 172
Al formulario de solicitud se adjuntará digitalizada y en formato pdf, a través del gestor
de solicitudes, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos y méritos alegados
indicada en el Anexo IV (el tamaño del fichero estará limitado a un máximo de 4 MB).
3. Las personas solicitantes con discapacidad y grado reconocido igual o superior al
treinta y tres por ciento que deseen participar en cualquiera de las modalidades de ayudas
de esta convocatoria deberán indicarlo expresamente en el apartado correspondiente
de la solicitud. Deberán adjuntar certificado, en vigor, acreditativo de la condición de
persona discapacitada y del grado de discapacidad reconocido, expedido por el órgano
competente. Dicha discapacidad ha de estar oficialmente reconocida previamente a la
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
4. Una vez finalizado el registro de la solicitud en el gestor de solicitudes y adjuntados
todos los documentos requeridos, la persona solicitante deberá finalizar el proceso y
generar el documento acreditativo de presentación de la solicitud de la ayuda.
Dicho documento, dirigido al Vicerrector de Investigación y Transferencia, podrá
presentarse en el Registro de la Universidad de Huelva, bien el presencial o el electrónico
(https://sede.uhu.es/registro_electronico.php), o por cualquiera de los medios establecidos
en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Para las personas solicitantes que opten por la presentación de su solicitud en un
registro distinto del de la Universidad de Huelva, con objeto de agilizar el proceso de
selección, se recomienda el envío de dicha solicitud, una vez registrada, a la Oficina
de Gestión de la Investigación de la Universidad de Huelva por correo electrónico en la
dirección ogi@uhu.es, dentro de los dos (2) días siguientes al de la presentación.
5. Se tendrán por adjuntados a la solicitud los documentos y la información que se
hubiese incorporado al gestor de la solicitud.
6. La participación en esta convocatoria supone la aceptación para que los órganos de
gestión, evaluación y verificación internos o externos puedan utilizar los datos facilitados
para los fines propios del proceso regulado en esta convocatoria.
La presentación de una solicitud en cualquiera de las modalidades de ayudas de la
convocatoria implica la aceptación y conformidad con su contenido.
Décima. Procedimiento de evaluación de las solicitudes y selección de las personas
beneficiarias.
1. La concesión de las ayudas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva,
de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no
discriminación, así como los de eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y de
eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
2. Las evaluaciones se efectuarán por evaluadores externos designados por la
Comisión de Selección conforme a lo indicado en la base séptima.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195679
Novena. Subsanación.
1. Revisadas las solicitudes presentadas, se publicará conforme a lo previsto en la
base segunda la lista provisional de solicitantes admitidos y excluidos
2. Esta convocatoria se tramitará con carácter de urgencia, lo que afectará a los
plazos administrativos.
3. Aquellas personas solicitantes que no reúnan los requisitos o documentos exigidos
dispondrán de un plazo de cinco días hábiles para subsanar la falta o acompañar los
documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por
desistidos de su petición, previa resolución. En este plazo en ningún caso se podrán
reformular las solicitudes presentadas.
4. Una vez revisadas las alegaciones y documentación presentadas, se publicará
conforme a lo previsto en la base segunda la lista definitiva de solicitantes admitidos y
excluidos a trámite. Las personas solicitantes admitidas serán evaluadas siguiendo el
procedimiento establecido en la base décima.