Disposiciones generales. . (2021/133-3)
Orden de 7 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a impulsar el asociacionismo comercial y artesano, a promocionar y dinamizar el pequeño comercio urbano y a promocionar la artesanía en Andalucía.
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Número 133 - Martes, 13 de julio de 2021
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abierto, el resultado de estos estudios ha de publicarse en la página web de la asociación
beneficiaria, y siempre que sea posible, con licencia creative commons.
5.ª Proyectos de modernización digital de las asociaciones consistentes en la
incorporación de software, programas, herramientas, aplicaciones y otras soluciones
digitales para la implementación de proyectos de gestión de las relaciones con los
asociados u otras actuaciones de fidelización, basadas en el uso de herramientas
digitales o de geolocalización para contactar con el público objetivo. En cuanto al
hardware, únicamente se financiará el equipamiento informático imprescindible para la
implementación del proyecto de modernización, sin que el importe de la subvención para
el mismo pueda superar la cuantía de 2.000 €.
6.ª Edición de revistas o catálogos en formato papel o digital.
b) Línea 2. Actuaciones de dinamización y promoción del comercio minorista, tanto
en espacios comerciales abiertos como en mercados ambulantes o mercados de abastos
diseñadas en el marco de un proyecto de incentivación al consumo:
1.ª Actuaciones de dinamización del comercio tales como campañas de promoción,
actuaciones de animación en la calle, celebración de fechas señaladas, campañas
especiales, organización de concursos, acciones de destocaje, exposiciones, promociones
en puntos de venta y cualquier otra actuación de dinamización diseñada por la asociación.
Las acciones de dinamización comercial pueden ser desarrolladas directamente por la
asociación a través de sus propios recursos, acudiendo a la contratación de personal
para su desarrollo o contratando los servicios de una empresa especializada.
2.ª Desarrollo de acciones de fidelización de la clientela, cuya finalidad sea la de
incrementar las ventas y atraer nuevas personas consumidoras a las áreas comerciales,
mercados de abastos o mercadillos ambulantes. Podrán incluir actividades o servicios
tales como tiques de aparcamiento, reparto a domicilio, consigna, ludotecas infantiles,
implantación de ventas «click & collect», implantación de sistemas de cupones digitales
de descuento (código numérico al móvil, código QR, u otros), acciones de fidelización a
través de APPS, campañas en las redes sociales o cualquier otra actuación que consiga
este objetivo.
3.ª Campaña de incentivación del consumo a través de la adquisición de bonos
consumo «ACÁ», para su distribución entre las potenciales personas consumidoras del
área de influencia de la asociación. La ejecución de esta actuación se llevará a cabo
mediante la suscripción de la asociación al Proyecto de incentivación al consumo «Bonos
Acá» a través de la plataforma de la Administración de la Junta de Andalucía «Andalucía
Comercio y Artesanía, ACÁ» u otra que se pueda determinar.
Cada Asociación podrá solicitar un número determinado de bonos consumo «ACÁ»,
que podrá utilizar para distribuir en las distintas campañas de promoción e incentivación
al consumo que estas diseñen. Los bonos podrán ser canjeados por las personas
consumidoras en cualquiera de los establecimientos miembros de la asociación y
adheridos al programa al realizar una compra por un importe mínimo. Tanto la cuantía
del bono como el importe de la compra mínima a realizar por la persona usuaria final se
concretarán en cada convocatoria.
El diseño de la campaña de consumo y la distribución de los bonos entre los potenciales
usuarios se realizará por las asociaciones en la forma que estas determinen, que habrá
de ser acordada en el máximo órgano de gobierno de las mismas. En todo caso, habrá de
velar por que la campaña alcance la máxima concurrencia de potenciales consumidores,
y no establezca limitaciones discriminatorias de acceso a la misma. A través de la
plataforma ACÁ se ofrecerá información a los usuarios relativa a los establecimientos
adheridos a la campaña, para lo cual los establecimientos han de formalizar previamente
su alta en la misma. La asociación beneficiaria de la subvención será la responsable de
abonar los bonos utilizados a las empresas que los hayan canjeado. Los bonos tendrán
una fecha de caducidad para su utilización, que estará determinada por la fecha del plazo
máximo de ejecución del proyecto determinada en la resolución de concesión, periodo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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