Disposiciones generales. . (2021/133-3)
Orden de 7 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a impulsar el asociacionismo comercial y artesano, a promocionar y dinamizar el pequeño comercio urbano y a promocionar la artesanía en Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 133 - Martes, 13 de julio de 2021
página 510
DISPONGO
Artículo único. Aprobación de las bases reguladoras de subvenciones destinadas
a impulsar el asociacionismo comercial y artesano y a potenciar el pequeño comercio
urbano y la artesanía en Andalucía.
Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia competitiva destinadas a impulsar el asociacionismo comercial y artesano,
a promocionar y dinamizar el pequeño comercio urbano y a promocionar la artesanía en
Andalucía, cuyo texto se inserta a continuación.
Disposición adicional única. Delegación de competencias.
Se delega en la persona titular de la Dirección General con competencia en materia de
comercio y artesanía la competencia para efectuar las sucesivas convocatorias públicas
de las subvenciones reguladas en las presentes bases, mediante resolución en la que
se establecerá el plazo de presentación de las solicitudes de ayudas y se aprobarán los
formularios para presentar las solicitudes y alegaciones. Dicha resolución será informada
conforme al Decreto 162/2006, de 12 de septiembre, por el que se regulan la memoria
económica y el informe en las actuaciones con incidencia económica-financiera.
Se delega en la persona titular de la Dirección General competente en materia de
comercio y artesanía la resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones
y la resolución de los procedimientos sancionadores dictados en los procedimientos
de concesión de subvenciones a federaciones y confederaciones de comerciantes o
artesanos de ámbito superior al provincial.
Se delega en la persona titular de la Delegación Territorial competente en materia de
comercio y artesanía la resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones,
la resolución de los procedimientos de reintegro y de los procedimientos sancionadores
relativos a estas dentro del ámbito territorial de su provincia.
Las delegaciones de competencias indicadas no incluyen la delegación de la
resolución de los recursos administrativos que se interpongan contra los actos dictados
en el ejercicio de dichas competencias.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas todas aquellas disposiciones de igual o inferior rango en lo que
contradigan o se opongan a lo dispuesto en la presente orden y en particular, la Orden de
20 de octubre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de comercio destinadas
a promover las relaciones de cooperación del Sector Comercial Andaluz, así como a
impulsar el Asociacionismo Comercial en todos sus niveles y la creación y consolidación
de los Centros Comerciales Abiertos (modalidad ASC-CCA), y la Orden de 21 de julio de
2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
en régimen de concurrencia competitiva, para el impulso del Asociacionismo y Promoción
Comercial en materia de artesanía, a conceder en favor de asociaciones, federaciones
y confederaciones de artesanos y artesanas y en favor de empresas, personas físicas o
jurídicas, Artesanas (modalidad ARA/E).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195565
Disposición transitoria única. Régimen de las ayudas concedidas en ejercicios
anteriores.
El régimen jurídico aplicable a las subvenciones concedidas antes de la entrada en
vigor de esta orden será el vigente en el momento en el que se inicien los procedimientos,
siendo competentes para su instrucción y resolución, así como para los demás
procedimientos que pudieran incoarse en relación con las citadas ayudas, los órganos
que en las mismas se establecen.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 133 - Martes, 13 de julio de 2021
página 510
DISPONGO
Artículo único. Aprobación de las bases reguladoras de subvenciones destinadas
a impulsar el asociacionismo comercial y artesano y a potenciar el pequeño comercio
urbano y la artesanía en Andalucía.
Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia competitiva destinadas a impulsar el asociacionismo comercial y artesano,
a promocionar y dinamizar el pequeño comercio urbano y a promocionar la artesanía en
Andalucía, cuyo texto se inserta a continuación.
Disposición adicional única. Delegación de competencias.
Se delega en la persona titular de la Dirección General con competencia en materia de
comercio y artesanía la competencia para efectuar las sucesivas convocatorias públicas
de las subvenciones reguladas en las presentes bases, mediante resolución en la que
se establecerá el plazo de presentación de las solicitudes de ayudas y se aprobarán los
formularios para presentar las solicitudes y alegaciones. Dicha resolución será informada
conforme al Decreto 162/2006, de 12 de septiembre, por el que se regulan la memoria
económica y el informe en las actuaciones con incidencia económica-financiera.
Se delega en la persona titular de la Dirección General competente en materia de
comercio y artesanía la resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones
y la resolución de los procedimientos sancionadores dictados en los procedimientos
de concesión de subvenciones a federaciones y confederaciones de comerciantes o
artesanos de ámbito superior al provincial.
Se delega en la persona titular de la Delegación Territorial competente en materia de
comercio y artesanía la resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones,
la resolución de los procedimientos de reintegro y de los procedimientos sancionadores
relativos a estas dentro del ámbito territorial de su provincia.
Las delegaciones de competencias indicadas no incluyen la delegación de la
resolución de los recursos administrativos que se interpongan contra los actos dictados
en el ejercicio de dichas competencias.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas todas aquellas disposiciones de igual o inferior rango en lo que
contradigan o se opongan a lo dispuesto en la presente orden y en particular, la Orden de
20 de octubre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de comercio destinadas
a promover las relaciones de cooperación del Sector Comercial Andaluz, así como a
impulsar el Asociacionismo Comercial en todos sus niveles y la creación y consolidación
de los Centros Comerciales Abiertos (modalidad ASC-CCA), y la Orden de 21 de julio de
2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
en régimen de concurrencia competitiva, para el impulso del Asociacionismo y Promoción
Comercial en materia de artesanía, a conceder en favor de asociaciones, federaciones
y confederaciones de artesanos y artesanas y en favor de empresas, personas físicas o
jurídicas, Artesanas (modalidad ARA/E).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195565
Disposición transitoria única. Régimen de las ayudas concedidas en ejercicios
anteriores.
El régimen jurídico aplicable a las subvenciones concedidas antes de la entrada en
vigor de esta orden será el vigente en el momento en el que se inicien los procedimientos,
siendo competentes para su instrucción y resolución, así como para los demás
procedimientos que pudieran incoarse en relación con las citadas ayudas, los órganos
que en las mismas se establecen.