Disposiciones generales. . (2021/133-3)
Orden de 7 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a impulsar el asociacionismo comercial y artesano, a promocionar y dinamizar el pequeño comercio urbano y a promocionar la artesanía en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 133 - Martes, 13 de julio de 2021
página 533

publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos. Cuando el
acto publicado contenga datos personales, la identificación de las personas afectadas se
realizará conforme a lo previsto en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos
digitales.
2. Al practicar las publicaciones previstas en el apartado anterior se realizará un
aviso de carácter únicamente informativo a las personas y entidades incluidas en la
correspondiente publicación. Este aviso se enviará al dispositivo electrónico y/o a la
dirección de correo electrónico especificada en su solicitud. La falta de práctica de este
aviso no impedirá que la publicación sea considerada plenamente válida.
3. Las notificaciones del resto de actos administrativos y resoluciones del
procedimiento que deban cursarse individualizadamente se practicarán únicamente por
medios electrónicos, en los términos previstos en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre. En este caso, la notificación se efectuará mediante el Sistema de notificaciones
electrónicas de la Administración de la Junta de Andalucía al que se puede acceder a
través de la dirección http://www.andaluciajunta.es/notificaciones.
4. La práctica y efectos de las notificaciones electrónicas se regirá por lo dispuesto en
el Capítulo VI del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre.

Artículo 25. Modificación de la resolución de concesión.
1. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la
subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas
por otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales,
podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión. Las circunstancias
específicas que pueden dar lugar a la modificación de la resolución son:
a) El cambio debidamente justificado de alguna de las acciones subvencionadas por
otras de similares características, siempre que sean necesarias para la consecución de
los objetivos previstos.
b) Circunstancias sobrevenidas y excepcionales que obliguen a ampliar los plazos de
ejecución y/o justificación.
c) La modificación del desglose del importe total subvencionado entre las distintas
acciones, siempre y cuando sea presupuestariamente posible y no suponga incremento
de la cuantía inicialmente concedida.
d) Cuando así se prevea en la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, podrán ser causa de modificación de la resolución de concesión
las decisiones dirigidas al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y
sostenibilidad financiera. La modificación tendrá lugar entre las entidades beneficiarias
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00195565

Artículo 24. Medidas de publicidad y transparencia pública sobre las subvenciones
concedidas.
1. Con independencia de lo establecido en el artículo anterior, las subvenciones
concedidas estarán sujetas a la publicación establecida por las siguientes normas:
a) En la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como a la publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía que el texto refundido de la Ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía pueda determinar.
b) En la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información
pública y buen gobierno, y en la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de
Andalucía, de acuerdo con lo establecido en su disposición final octava, así como en la
normativa que desarrolle aquéllas.
2. En cumplimiento de dicha normativa, y con objeto de contribuir a los principios
de publicidad y transparencia, las subvenciones serán publicadas en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones, a la que se puede acceder a través de la dirección electrónica
http://www.infosubvenciones.es