Disposiciones generales. . (2021/131-2)
Resolución de 6 de julio de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se aprueba y ordena la publicación del Protocolo de Prevención y actuación ante situaciones de violencia externa en el trabajo, dirigida al personal funcionario y laboral del VI Convenio Colectivo, en el ámbito de la Administración General de la Junta de Andalucía, sus Instituciones, Agencias Administrativas y de Régimen Especial.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 131 - Viernes, 9 de julio de 2021
página 19
9) Medidas de seguridad adecuadas al nivel de riesgo esperado, tales como sistemas de detección,
timbre de alarma, pantallas de separación, acceso rápido a zonas o salidas seguras, personal de
seguridad con la capacitación adecuada, cámaras de video o protocolos de colaboración con los
Cuerpos y Fuerzas de seguridad del Estado.
10) Información clara a las personas usuarias sobre derechos, obligaciones, horarios, documentación, quejas y sugerencias y consecuencias para la persona agresora de sus actos agresivos.
11) Adoptar las medidas organizativas y los recursos técnicos y humanos necesarios que permitan
una atención al público ágil y adecuada, en función de la demanda. Una adecuada planificación del
trabajo y la utilización de la cita previa permitirá evitar o reducir protestas por aglomeraciones o
esperas excesivas.
12) Establecer sistemas internos de identificación de reincidentes en la realización de conductas
violentas, a fin de poder dirigir a estas personas para que sean atendidas por personal empleado
público advertido de antemano.
13) Rotación de las personas empleadas públicas en puestos de riesgo.
14) Proteger la identidad del personal empleado público, utilizando tarjetas con números de
seguridad.
15) Asegurar la coordinación con otras Administraciones Públicas en locales compartidos.
16) Disponer de un modelo de escrito a remitir al domicilio de la persona agresora, advirtiéndole de
las consecuencias de su conducta.
17) Incluir en los programas de acceso como parte del temario, así como en los programas de
formación del personal, formación específica sobre violencia ocupacional formando parte de la
gestión de seguridad e higiene en el trabajo.
18) Las personas empleadas públicas podrán realizar propuestas de formación, a través de los
cauces establecidos.
19) Asegurarse de que los programas de atención a las personas usuarias están adecuadamente
diseñados y gestionados, lo que es especialmente apropiado para el manejo de reclamaciones.
20) Establecer procedimientos de actuación de emergencia claros sobre qué hacer y dónde ir en
caso de incidente.
21) En caso de personas empleadas públicas que deben desplazarse, doblar el número de personas
o dotar de sistemas de comunicación con el centro de trabajo.
23) Informar y formar, adecuada y periódicamente, a las personas empleadas públicas sobre procedimientos y sistemas de trabajo, conductas a evitar, considerando prioritario desarrollar un plan
de formación específico sobre la forma de manejar situaciones conflictivas, con el fin de obtener
unas habilidades que les permitan solventar dichas situaciones, así como manejar el estrés con
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195394
22) Registrar la identificación de quienes quieren acceder a zonas de acceso restringido.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 131 - Viernes, 9 de julio de 2021
página 19
9) Medidas de seguridad adecuadas al nivel de riesgo esperado, tales como sistemas de detección,
timbre de alarma, pantallas de separación, acceso rápido a zonas o salidas seguras, personal de
seguridad con la capacitación adecuada, cámaras de video o protocolos de colaboración con los
Cuerpos y Fuerzas de seguridad del Estado.
10) Información clara a las personas usuarias sobre derechos, obligaciones, horarios, documentación, quejas y sugerencias y consecuencias para la persona agresora de sus actos agresivos.
11) Adoptar las medidas organizativas y los recursos técnicos y humanos necesarios que permitan
una atención al público ágil y adecuada, en función de la demanda. Una adecuada planificación del
trabajo y la utilización de la cita previa permitirá evitar o reducir protestas por aglomeraciones o
esperas excesivas.
12) Establecer sistemas internos de identificación de reincidentes en la realización de conductas
violentas, a fin de poder dirigir a estas personas para que sean atendidas por personal empleado
público advertido de antemano.
13) Rotación de las personas empleadas públicas en puestos de riesgo.
14) Proteger la identidad del personal empleado público, utilizando tarjetas con números de
seguridad.
15) Asegurar la coordinación con otras Administraciones Públicas en locales compartidos.
16) Disponer de un modelo de escrito a remitir al domicilio de la persona agresora, advirtiéndole de
las consecuencias de su conducta.
17) Incluir en los programas de acceso como parte del temario, así como en los programas de
formación del personal, formación específica sobre violencia ocupacional formando parte de la
gestión de seguridad e higiene en el trabajo.
18) Las personas empleadas públicas podrán realizar propuestas de formación, a través de los
cauces establecidos.
19) Asegurarse de que los programas de atención a las personas usuarias están adecuadamente
diseñados y gestionados, lo que es especialmente apropiado para el manejo de reclamaciones.
20) Establecer procedimientos de actuación de emergencia claros sobre qué hacer y dónde ir en
caso de incidente.
21) En caso de personas empleadas públicas que deben desplazarse, doblar el número de personas
o dotar de sistemas de comunicación con el centro de trabajo.
23) Informar y formar, adecuada y periódicamente, a las personas empleadas públicas sobre procedimientos y sistemas de trabajo, conductas a evitar, considerando prioritario desarrollar un plan
de formación específico sobre la forma de manejar situaciones conflictivas, con el fin de obtener
unas habilidades que les permitan solventar dichas situaciones, así como manejar el estrés con
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195394
22) Registrar la identificación de quienes quieren acceder a zonas de acceso restringido.