Disposiciones generales. . (2021/131-2)
Resolución de 6 de julio de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se aprueba y ordena la publicación del Protocolo de Prevención y actuación ante situaciones de violencia externa en el trabajo, dirigida al personal funcionario y laboral del VI Convenio Colectivo, en el ámbito de la Administración General de la Junta de Andalucía, sus Instituciones, Agencias Administrativas y de Régimen Especial.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 131 - Viernes, 9 de julio de 2021
página 18

De la misma manera que es fundamental disponer de un buen diagnóstico, lo es también el estab lecer una adecuada estrategia preventiva, destinada a evitar que este fenómeno se produzca, debiendo tener ésta un carácter prioritario.
Asimismo, dado el carácter de impredecibilidad que tienen las agresiones y la dificultad de conseguir una prevención absoluta de las mismas, es necesario igualmente definir las actuaciones a seguir
durante la situación de agresión, una vez presentada y también tras la misma.
En este sentido, el conjunto de actuaciones a adoptar para prevenir y hacer frente a las agresiones
externas en el trabajo pueden ser clasificadas en proactivas, activas y reactivas.
7.2.1 Actuaciones preventivas previas a la situación de riesgo (medidas proactivas):
Sin perjuicio de las medidas concretas que puedan adoptarse, es fundamental el compromiso previo y explícito respecto a la no tolerancia de ningún tipo de violencia y falta de respeto que pueda afectar a
las personas empleadas públicas. Compromiso que no solo debe ser trasladado y conocido por todo el per sonal empleado público, a través de una declaración expresa, sino también hacerse visible a todas las per sonas usuarias de los servicios públicos, mediante carteles de advertencia en los que claramente se exprese
el principio de tolerancia cero respecto a cualquier tipo de violencia.
Por otro lado y aunque, como se ha indicado anteriormente, los «motivos» que pueden dar lugar a
una conducta violenta por parte de las personas usuarias de los servicios públicos, son múltiples e impredecibles, es necesario incluir en este bloque una serie de medidas concretas, relacionadas con el lugar de
trabajo, la organización del trabajo y la actitud general del personal empleado público que, en su conjunto,
pueden contribuir a eliminar o minimizar determinadas causas de «queja» de los usuarios y, en consecuencia, de una posible reacción violenta de los mismos.
Son medidas preventivas las siguientes:
1) Asegurar una buena iluminación exterior e interior para evitar zonas de cobertura a los posibles
agresores; es aconsejable una buena visibilidad e iluminación de manera que el personal empleado
público pueda abandonar o pedir ayuda rápidamente y permita la identificación del agresor.
2) Asegurar una buena temperatura.
3) Evitar aislamiento, físico y horario, por lo que cuando sea detectada una situación real de riesgo
se procurará que las actuaciones de las personas empleadas públicas afectadas, puedan realizarse
en parejas.
4) Disponer de adecuada señalización.
5) Mobiliario adecuado al nivel de riesgo.

7) Asegurar una adecuada gestión de colas y de esperas usando signos claros y visibles y aseguran
do un fácil acceso.
8) Monitorizar las entradas, salidas, zonas de mayor riesgo, etc.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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6) Zonas de espera apropiadas y confortables.