Disposiciones generales. . (2021/131-2)
Resolución de 6 de julio de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se aprueba y ordena la publicación del Protocolo de Prevención y actuación ante situaciones de violencia externa en el trabajo, dirigida al personal funcionario y laboral del VI Convenio Colectivo, en el ámbito de la Administración General de la Junta de Andalucía, sus Instituciones, Agencias Administrativas y de Régimen Especial.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 131 - Viernes, 9 de julio de 2021
página 17
- Modelos para la presentación de denuncias por parte del personal afectado.
- Elaboración de informes periódicos de los responsables de centros o unidades.
c) Diagnóstico de la situación: la información recopilada y ordenada como se indica en los
apartados anteriores, permitirá establecer un diagnóstico de la situación señalando los trabajos que puedan presentar un especial riesgo. Para analizar los datos es conveniente agrupar los incidentes similares y
tratar de buscar e identificar las características comunes, como por ejemplo, ciertos departamentos, áreas,
trabajos y momentos del día. Se debe establecer una línea base e identificar, si existe, algún patrón de inci dentes, la severidad del problema e incluso empezar a establecer áreas de problemas y a documentar la
necesidad de mejoras, teniendo en cuenta, sin embargo, que en ocasiones, debido a varias razones, tales
como el miedo al agresor o agresora, a represalias o a ser criticado, entre otras, las personas empleadas públicas no notifican todos los incidentes.
Existe la creencia de que la violencia externa en el lugar de trabajo es aleatoria e impredecible, a los
efectos indicados en el párrafo anterior, y aunque puedan existir razones de fondo en el origen de determinadas reacciones violentas, y a las que, por la misma razón, difícilmente puede atribuírseles una causa
específica, será útil el hacer un análisis y clasificación de las «Causas de las Agresiones», cuando sea factible,
ya que ello permite orientar sobre las medidas preventivas a aplicar.
Para ello se podrá utilizar una clasificación como la siguiente:
1. Causas relacionadas con la organización del centro de trabajo:
- Tiempo de espera.
- Falta de información.
- Falta de señalización.
- Espacios comunes: espacio disponible, limpieza, confort, diseño.
- Otras causas.
2. Disconformidad con la atención profesional recibida.
3. Disconformidad con el trato recibido de las persona empleada pública.
4. Disconformidad con la resolución de su expediente, situación.
5. Otras causas.
Obviamente, el diagnóstico de la situación debe actualizarse continuamente, en base al seguimiento de las situaciones y la información disponible en cada momento, prestando especial atención a las situaciones habituales o coyunturales de tensión.
Periódicamente y con la frecuencia y formato que en cada caso se acuerde, se informará al Comité
de Seguridad y Salud correspondiente sobre la situación y evolución de este problema.
Las medidas preventivas concretas que pueden adoptarse variarán en función del tipo de Centro o
Servicio y del tipo de violencia que pueda darse en el lugar de trabajo por razón de sus características. En
este sentido será necesario identificar Centros y Servicios susceptibles de que se produzcan hechos violentos, y una vez localizados se incidirá en identificar los riesgos, proponiendo medidas preventivas concretas y
proporcionando formación a las personas empleadas públicas en materia de «manejo de situaciones conf lictivas», a través de las evaluaciones de riesgos y propuestas de actuaciones preventivas según los procedi mientos vigentes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195394
7.2 Medidas de Prevención y Actuación Generales.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 131 - Viernes, 9 de julio de 2021
página 17
- Modelos para la presentación de denuncias por parte del personal afectado.
- Elaboración de informes periódicos de los responsables de centros o unidades.
c) Diagnóstico de la situación: la información recopilada y ordenada como se indica en los
apartados anteriores, permitirá establecer un diagnóstico de la situación señalando los trabajos que puedan presentar un especial riesgo. Para analizar los datos es conveniente agrupar los incidentes similares y
tratar de buscar e identificar las características comunes, como por ejemplo, ciertos departamentos, áreas,
trabajos y momentos del día. Se debe establecer una línea base e identificar, si existe, algún patrón de inci dentes, la severidad del problema e incluso empezar a establecer áreas de problemas y a documentar la
necesidad de mejoras, teniendo en cuenta, sin embargo, que en ocasiones, debido a varias razones, tales
como el miedo al agresor o agresora, a represalias o a ser criticado, entre otras, las personas empleadas públicas no notifican todos los incidentes.
Existe la creencia de que la violencia externa en el lugar de trabajo es aleatoria e impredecible, a los
efectos indicados en el párrafo anterior, y aunque puedan existir razones de fondo en el origen de determinadas reacciones violentas, y a las que, por la misma razón, difícilmente puede atribuírseles una causa
específica, será útil el hacer un análisis y clasificación de las «Causas de las Agresiones», cuando sea factible,
ya que ello permite orientar sobre las medidas preventivas a aplicar.
Para ello se podrá utilizar una clasificación como la siguiente:
1. Causas relacionadas con la organización del centro de trabajo:
- Tiempo de espera.
- Falta de información.
- Falta de señalización.
- Espacios comunes: espacio disponible, limpieza, confort, diseño.
- Otras causas.
2. Disconformidad con la atención profesional recibida.
3. Disconformidad con el trato recibido de las persona empleada pública.
4. Disconformidad con la resolución de su expediente, situación.
5. Otras causas.
Obviamente, el diagnóstico de la situación debe actualizarse continuamente, en base al seguimiento de las situaciones y la información disponible en cada momento, prestando especial atención a las situaciones habituales o coyunturales de tensión.
Periódicamente y con la frecuencia y formato que en cada caso se acuerde, se informará al Comité
de Seguridad y Salud correspondiente sobre la situación y evolución de este problema.
Las medidas preventivas concretas que pueden adoptarse variarán en función del tipo de Centro o
Servicio y del tipo de violencia que pueda darse en el lugar de trabajo por razón de sus características. En
este sentido será necesario identificar Centros y Servicios susceptibles de que se produzcan hechos violentos, y una vez localizados se incidirá en identificar los riesgos, proponiendo medidas preventivas concretas y
proporcionando formación a las personas empleadas públicas en materia de «manejo de situaciones conf lictivas», a través de las evaluaciones de riesgos y propuestas de actuaciones preventivas según los procedi mientos vigentes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195394
7.2 Medidas de Prevención y Actuación Generales.