Disposiciones generales. . (2021/126-3)
Resolución de 18 de junio de 2021, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se convoca el programa «Qualifica» relativo a ayudas para el fortalecimiento de entidades del sistema andaluz del conocimiento para la adquisición del sello «Severo Ochoa» o «María de Maeztu», en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Viernes, 2 de julio de 2021
página 63

En caso de igualdad de puntuación se priorizarán las propuestas con más puntuación
en el apartado a). Si persistiera el empate, se priorizará aquella solicitud con mayor
participación de mujeres en el conjunto de los Currículum Vitae aportados en la misma.
2. La Dirección de Evaluación y Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento
o entidad que la sustituya como entidad colaboradora garantizará la objetividad e
imparcialidad de la evaluación, la competencia técnica y científica, la ética profesional y
responsabilidad del personal evaluador, así como los principios, disposiciones y buenas
prácticas internacionales al respecto. Los informes individualizados de cada actividad,
diferenciando cada criterio de evaluación, serán remitidos al órgano instructor para
su consideración por la Comisión de Selección y posterior custodia e incorporación al
expediente administrativo.
3. Una vez evaluadas las solicitudes, la Comisión de Selección definida en el punto 13
del Cuadro Resumen del Programa de ayudas a acciones complementarias de I+D+i,
en función de las disponibilidades presupuestarias, realizará la propuesta provisional de
selección de solicitudes adjudicatarias y suplentes por orden de puntuación obtenida,
teniendo en cuenta la valoración efectuada por la Dirección de Evaluación y Acreditación
de la Agencia Andaluza del Conocimiento o entidad que la sustituya como entidad
colaboradora, según los siguientes criterios:
a) Evaluación de los proyectos de mayor a menor puntuación.
b) Disponibilidad presupuestaria.
c) Sólo se incentivarán propuestas cuya puntuación global sea igual o superior a 70
puntos.
Duodécimo. Suspensión de la convocatoria y modificación de las resoluciones de
concesión.
De acuerdo con lo preceptuado en el artículo 29.2 de la vigente Ley 3/2020, de 28 de
diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, el
órgano competente para conceder las subvenciones podrá dejar sin efecto la convocatoria
que no haya sido objeto de resolución de concesión, así como modificar las resoluciones
de concesión, en orden al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y
sostenibilidad financiera.
Decimotercero. Resolución. Notificación y publicación.
1. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento será de
seis meses y se computará a partir del día siguiente al de finalización del plazo para
la presentación de solicitudes. Dicho plazo se podrá suspender, de acuerdo con el
artículo 22 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en tanto se efectúe la correspondiente
evaluación por parte de la Agencia Andaluza del Conocimiento o entidad que la sustituya
como entidad colaboradora.
2. De conformidad con el punto 19 del cuadro resumen arriba referido, los actos que
deban notificarse de forma conjunta a todas las personas o entidades interesadas, y en
particular, los requerimientos de subsanación, el trámite de audiencia y el de resolución
del procedimiento se publicarán en la página web:

en los términos del artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En todo caso, esta publicación
sustituye a la notificación personal y surtirá los mismos efectos.
3. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, las notificaciones que deban
cursarse personalmente se practicarán en el lugar indicado por las personas o entidades
en sus solicitudes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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