Disposiciones generales. . (2021/122-4)
Resolución de 18 de junio de 2021, de la Universidad de Jaén, por la que se publican las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de «Ayudas predoctorales para la Formación de Personal Investigador» con cargo al Plan Operativo de Apoyo a la Investigación de la Universidad de Jaén (2021-2022). Convocatoria 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 122 - Lunes, 28 de junio de 2021
página 170

5.2. Los beneficiarios deberán comunicar al Vicerrectorado de Investigación, si se
produce el caso, la obtención de otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos que
financien las actividades subvencionadas, tan pronto como tenga conocimiento de ello y
con anterioridad a la percepción de las mismas, lo que podrá originar las correspondientes
minoraciones en el importe de la ayuda concedida.
5.3. Ningún proyecto de investigación ni contrato o convenio de prestación de
servicios podrá ser adjudicatario de más de una ayuda de este tipo, incluso de distintas
convocatorias y, por tanto, no podrá tener activa más de una persona adjudicataria de
estas ayudas simultáneamente.
5.4. Dada la orientación estratégica del POAI 2021-2020, ligada a la potenciación de
la captación de recursos externos, en el caso de que la persona beneficiaria obtenga
otra ayuda externa de similares características (tipo FPU, FPI o personal predoctoral
de la Junta de Andalucía) dentro de los seis meses posteriores a la firma del contrato
correspondiente a la presente convocatoria, la persona beneficiaria deberá renunciar al
mismo, con objeto de aumentar el número de contratos externos y a la vez el número total
de investigadores/as contratados en la UJA.
6. Cambio de director/a de tesis, o de grupo o equipo de investigación.
6.1. El personal investigador en formación deberá realizar su labor en la estructura
grupo o equipo de investigación a la que pertenezca su director/a de tesis, siendo
necesario para cualquier cambio de director/a de tesis, obtener autorización expresa del
Vicerrectorado de Investigación, así como la aceptación del cambio por el nuevo director/a
que ha de pertenecer a la misma estructura grupo o equipo de investigación.
6.2. En el supuesto de que el director/a de la tesis cambiara de estructura grupo
o equipo de investigación, el Vicerrectorado de Investigación resolverá si procede la
adscripción del beneficiario/a de la ayuda predoctoral a la nueva estructura grupo o
equipo, previo informe emitido por la Comisión de Investigación.

8. Derechos del personal investigador en formación.
8.1. Obtener el apoyo y la colaboración necesaria para el desarrollo normal de
sus estudios y programas de investigación, de acuerdo con las disponibilidades de la
Universidad de Jaén.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00194664

7. Incorporación del personal investigador en formación.
7.1. Las personas beneficiarias deberán estar matriculadas en un programa de
doctorado de la Universidad de Jaén antes de la formalización del contrato. El personal
investigador en formación deberá incorporarse en el primer día hábil del mes siguiente
al de la publicación de la resolución de concesión de las ayudas de esta convocatoria,
y presentar los documentos correspondientes a la incorporación, cuyos modelos se
encontrarán disponibles en el Servicio de Gestión de la Investigación, Negociado de
Recursos Humanos. Se entenderá la no incorporación en esta fecha como renuncia a la
Ayuda.
7.2. En casos excepcionales y debidamente justificados, previa solicitud al
Vicerrectorado de Investigación y autorización del mismo, se podrá aplazar la fecha de
incorporación.
7.3. Dará lugar a la incorporación de candidatos/as de reserva el incumplimiento
de los requisitos necesarios para la contratación por parte de los/as candidatos/as
seleccionados/as durante el periodo de presentación de documentación para la
formalización del contrato. La incorporación de candidatos/as de reserva se realizará
siempre respetando el orden de prelación de los mismos y cumpliendo los requisitos de
asignación a proyectos y/ contratos de prestación de servicios indicados y establecidos
en la presente convocatoria (Anexos I y II).