Disposiciones generales. . (2021/120-1)
Orden de 18 de junio de 2021, por la que establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, a las explotaciones de cría de ganado bravo de Andalucía, acogidas al marco temporal de medidas de ayudas estatales, destinadas a respaldar la economía como consecuencia de la crisis sanitaria provocada por la COVID-19.
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Número 120 - Jueves, 24 de junio de 2021
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Las diferentes medidas adoptadas han tenido un impacto directo en los derechos
personales de la ciudadanía y han incidido en el ámbito económico y laboral.
Este sector ganadero de bravo ha sido y, sigue siendo, el más perjudicado por las
consecuencias de la crisis sanitaria, con importantes pérdidas económicas ocasionadas
por la parálisis de las fiestas, festejos y eventos que tiene asociados. Además, desde
la perspectiva de la producción ganadera, la crisis también ha afectado al manejo en
las explotaciones, dado que se ha aumentado el número de animales provocando un
incremento muy importante de los costes de producción, fundamentalmente los relativos
a la alimentación animal.
La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, es consciente
de esta situación y de la necesidad de preservar la crianza del toro bravo como elemento
determinante para el desarrollo rural de Andalucía, en términos económicos y sociales,
y además como parte del acervo de nuestro patrimonio cultural que aporta asimismo,
enormes beneficios medioambientales para nuestra Comunidad. Es por ello que ha
dictado la Orden de 18 de mayo de 2021, por la que se aprueba el Plan Estratégico
Especial de Subvenciones a las explotaciones de cría de ganado bravo de Andalucía,
publicada en el Boja número 98, de 25 de mayo.
En relación con el cumplimiento de la normativa de ayudas de Estado, esta ayuda
se configura de conformidad con el Marco Nacional Temporal relativo a las medidas
de ayuda a empresas y autónomos consistentes en subvenciones directas, anticipos
reembolsables, ventajas fiscales, garantías de préstamos y bonificaciones de tipos de
interés en préstamos destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote
de COVID-19 aprobado por la Comisión Europea en su Decisión SA.56851(2020/N), de 2
de abril y las modificaciones posteriores a la misma adoptadas hasta la aprobación de la
presente orden.
La presente orden desarrolla estas ayudas estableciendo sus bases reguladoras y
su convocatoria que se otorgan con arreglo a los principios de publicidad, transparencia,
concurrencia, objetividad, no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos
fijados y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, en el marco del
Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y del Decreto 282/2010, de
4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de
Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.
En cuanto a la naturaleza jurídica de la presente orden debe significarse que
constituye un acto administrativo plúrimo que se agota con su cumplimiento, dado que
contiene tanto la convocatoria de la ayuda como las normas reguladoras por las que se
rige su tramitación y resolución y los efectos de su vigencia se limitan a la concesión de
esta ayuda, sin vocación de permanencia en el ordenamiento jurídico.
A su vez, y de acuerdo con lo establecido en artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
y en el artículo 7 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración
electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de
Andalucía, la presente Orden se dicta de acuerdo a los principios de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
Por un lado, y en cuanto al cumplimiento de los principios de necesidad y eficacia,
establece el marco regulador por el que se rige la concesión de las ayudas en régimen de
concurrencia no competitiva a las explotaciones de cría de ganado bravo de la Andalucía,
acogidas al marco temporal de medidas de ayudas estatales, destinadas a respaldar la
economía en el contexto del actual brote de COVID-19 y convoca estas ayudas de manera
que la aprobación de esta orden está justificada por razón de interés general identificando
claramente los fines perseguidos y tratándose del instrumento más adecuado para
garantizar la consecución de los mismos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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00194403

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía