3. Otras disposiciones. . (2021/120-4)
Orden de 11 de junio de 2021, por la que se implanta la Oficina Judicial en el partido judicial de Córdoba y se aprueba inicialmente su relación de puestos de trabajo.
29 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 120 - Jueves, 24 de junio de 2021
página 47

Artículo 31. Funciones del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa en el
Servicio Común Procesal de Ordenación del Procedimiento.
Al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa le
corresponden las siguientes funciones:
a) La tramitación general de los procedimientos y expedientes en los términos
previstos en el artículo 477.a) de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
b) La formación de autos y expedientes, bajo la supervisión del superior jerárquico.
c) La confección de las cédulas pertinentes para la práctica de los actos de
comunicación que hubieran de realizarse.
d) Efectuar la integración en la aplicación de gestión procesal de las resoluciones que
dicte el juez o letrado de la Administración de Justicia.
e) Mantener y actualizar los estados y fases informáticos previstos para los trámites
procesales que realice en los procedimientos que le sean asignados.
f) Colaborar en la obtención e impresión de los libros de registro a través de las
aplicaciones informáticas, con la periodicidad y en los supuestos que se determinen.
g) Realizar las tareas necesarias para la designación de intérpretes y peritos que se
hubieran acordado, mediante el empleo de medios mecánicos u ofimáticos.
h) Realizar las tareas necesarias para llevar a efecto la petición de designación de
abogado o procurador de oficio que se hubieran acordado, mediante el empleo de medios
mecánicos u ofimáticos.
i) Seguimiento de la adecuada práctica de los actos de comunicación y verificar su
celebración y constancia en autos de todas las citaciones acordadas en los procedimientos
que le sean asignados.
j) Efectuar la pronta y efectiva comunicación a los convocados a un acto procesal por
el medio más rápido posible, en caso de suspensión, a fin de evitar desplazamientos o
esperas innecesarias, en los procedimientos que le sean asignados.
Sección Quinta. Servicio Común Procesal de Ejecución

Artículo 33. Equipo de Averiguación Patrimonial.
1. El Equipo de Averiguación Patrimonial estará bajo la jefatura de personal funcionario
del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, que será cubierto por concurso
específico.
2. El Equipo estará encargado de centralizar todas las consultas a bases de datos
relativas a averiguación patrimonial de todos los órganos judiciales y servicios comunes,
así como la realización de las subastas electrónicas que correspondan.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00194338

Artículo 32. Estructura.
1. El Servicio Común Procesal de Ejecución, bajo la dirección de una persona
perteneciente al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, se organiza en las
siguientes Secciones:
a) Sección de Ejecución Civil,
b) Sección de Ejecución Contencioso-administrativa y Social.
c) Sección de Ejecución Penal.
2. A las secciones les corresponden las funciones señaladas en el artículo 13 del
Decreto 1/2014, de 14 de enero, en relación con la tramitación de los procedimientos, en
su fase de ejecución, del orden jurisdiccional bajo su competencia.
3. Dependiendo directamente de la dirección del Servicio Común de Ejecución existirá
un Equipo de Averiguación Patrimonial.
4. En la Sección Civil existirá un Equipo Adjunto de lo Civil y Familia y uno de lo
Mercantil. En la Sección Contencioso-administrativa y Social existirá un Equipo Adjunto
de lo Contencioso-administrativo y uno de lo Social. En la Sección Penal existirá un
Equipo Adjunto de lo Penal y uno de Menores.