Disposiciones generales. . (2021/118-4)
Orden de 16 de junio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la selección, en régimen de concurrencia competitiva, de actuaciones de fomento del parque de viviendas protegidas en alquiler en Andalucía, y la concesión de las correspondientes subvenciones.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 118 - Martes, 22 de junio de 2021
página 30

Tercera. Persona beneficiaria.
1. Podrán solicitar la inclusión en el programa de fomento del parque de viviendas
en alquiler y ser beneficiarias de las ayudas derivadas de este, las personas físicas y las
entidades con personalidad jurídica propia, promotoras de vivienda protegida en alquiler
que sean:
a) Administración pública, organismo público o cualquier otra entidad de derecho
público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas íntegra o
mayoritariamente por las Administraciones públicas.
b) Fundaciones, empresas de economía social, organizaciones no gubernamentales y
las declaradas de utilidad pública.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00194311

a) Decreto 91/2020, de 30 de junio, por el que se regula el Plan Vive en Andalucía, de
vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030.
b) Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de
Vivienda 2018-2021 o plan estatal que lo sustituya, con las limitaciones establecidas en la
presente Orden.
c) Reglamento de Viviendas Protegidas de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
aprobado por Decreto 149/2006, de 25 de julio.
d) Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad Autónoma
de Andalucía, suscrito el 31 de julio de 2018, para la ejecución de dicho Plan Estatal de
Vivienda, publicado por Resolución de 1 de agosto de 2018, de la Secretaría General de
Vivienda, en el BOE núm. 198, de 16 de agosto de 2018, o convenio que lo sustituya.
e) Orden de 21 de julio de 2008, sobre normativa técnica de diseño y calidad, aplicable
a las viviendas protegidas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y se agilizan los
procedimientos establecidos para otorgar las Calificaciones de Vivienda Protegida.
2. Además, resultan de aplicación las siguientes normas:
a) Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo con lo
establecido en su disposición final primera.
b) Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de acuerdo con lo establecido en su disposición final
primera, así como las demás normas básicas que desarrollen la Ley.
c) Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
d) Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía vigente en el
ejercicio que corresponda.
e) Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la
Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo.
f) Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera.
g) Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de acuerdo
con lo establecido en su disposición final primera.
h) Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
i) Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en
Andalucía.
j) Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación
de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.
k) Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública
y buen gobierno, de acuerdo con lo establecido en su disposición final octava.
l) Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
ll) Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión
presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la
Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen
especial.