Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/117-8)
Resolución de 15 de junio de 2021, de la Viceconsejería, por la que se efectúa convocatoria para la adjudicación de destinos provisionales al personal docente para el curso académico 2021/2022.
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Número 117 - Lunes, 21 de junio de 2021
página 30
El personal participante será responsable de la veracidad de la documentación que
se adjunta. No obstante, la Administración educativa podrá requerir en cualquier momento
del procedimiento la presentación de documentación original correspondiente. En caso
de falsedad documental, la persona afectada no podrá beneficiarse de la ordenación de
las bolsas en calidad de discapacitada; todo ello, sin perjuicio de las responsabilidades en
que pudiera incurrir por su actuación.
De conformidad con lo establecido en la disposición adicional primera de la Orden de
10 de junio de 2020, el personal funcionario interino con acreditación de una discapacidad
igual o superior al 33% que participe en el presente procedimiento estará exento de la
petición a provincias a que se refiere esta base.
No estará obligado a participar en este procedimiento quien ya lo haya hecho a través
del anexo correspondiente de los procedimientos selectivos nombrados anteriormente,
salvo que se desee modificar el número de provincias (mínimo dos) consignadas para
obtención de vacantes; se desee consignar una nueva relación de centros, zonas,
localidades o servicios educativos, por orden de preferencia a la vista de lo establecido
en los Anexos IV y VI de centros y de puestos específicos, respectivamente; se desee
pasar a la situación de inactivo o quiera acreditar reconocimiento de discapacidad. En
estos casos, la solicitud presentada al amparo de los referidos procedimientos selectivos
quedará anulada.
Las peticiones se referirán a puestos de la especialidad y cuerpo en cuya bolsa o
bolsas de trabajo figure dicho personal, así como, en su caso y con carácter voluntario, a
centros y puestos específicos de los relacionados en el apartado 2 de la base duodécima
y en los Anexos V y VI de la presente convocatoria, de reunir, en el último caso, los
requisitos para su desempeño.
Para solicitar puestos con requisitos específicos, el personal funcionario interino ha
de formar parte de la bolsa correspondiente al perfil del puesto solicitado. En el caso de
puestos de perfil bilingüe, el personal solicitante habrá de pertenecer a la correspondiente
bolsa bilingüe y reunir los requisitos de titulación a que se refiere la Orden de 28 de
junio de 2011, por la que se regula la enseñanza bilingüe en los centros docentes de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, modificada por la de 18 de febrero de 2013; la Orden
de 31 de marzo de 2016, por la que se resuelve el procedimiento para el reconocimiento
de la acreditación de los niveles de competencia lingüística en lenguas extranjeras para el
profesorado de enseñanza bilingüe en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
correspondiente a la convocatoria de 2015; o la Orden de 21 de marzo de 2018, por la
que se resuelve el procedimiento para el reconocimiento de la acreditación de los niveles
de competencia lingüística en lenguas extranjeras para el profesorado de enseñanza
bilingüe en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, correspondiente a la
convocatoria de 2017; o la Orden de 21 de diciembre de 2018, por la que se resuelve el
procedimiento para el reconocimiento de la acreditación de los niveles de competencia
lingüística en las lenguas extranjeras para el profesorado de enseñanza bilingüe en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, correspondiente a la convocatoria de
2018; o la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se resuelve el procedimiento para
el reconocimiento de la acreditación de los niveles de competencia lingüística en lenguas
extranjeras para el profesorado de enseñanza bilingüe en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, correspondiente a la convocatoria de 2019 que figuran en el
Anexo VII de esta Resolución. Asimismo, habrá de tenerse en consideración lo establecido
en la Orden de 15 de diciembre de 2020, por la que se resuelve el procedimiento para el
reconocimiento de la acreditación de los niveles de competencia lingüística en lenguas
extranjeras para el profesorado de enseñanza bilingüe en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, correspondiente a la convocatoria de 2020.
2.2. No obstante lo anterior, al personal funcionario interino que a 31 de agosto de
2011, tuviera cumplidos 55 años y, al menos, cinco años de servicio reconocidos en las
bolsas de trabajo de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se le garantizará un puesto
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00194200
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 30
El personal participante será responsable de la veracidad de la documentación que
se adjunta. No obstante, la Administración educativa podrá requerir en cualquier momento
del procedimiento la presentación de documentación original correspondiente. En caso
de falsedad documental, la persona afectada no podrá beneficiarse de la ordenación de
las bolsas en calidad de discapacitada; todo ello, sin perjuicio de las responsabilidades en
que pudiera incurrir por su actuación.
De conformidad con lo establecido en la disposición adicional primera de la Orden de
10 de junio de 2020, el personal funcionario interino con acreditación de una discapacidad
igual o superior al 33% que participe en el presente procedimiento estará exento de la
petición a provincias a que se refiere esta base.
No estará obligado a participar en este procedimiento quien ya lo haya hecho a través
del anexo correspondiente de los procedimientos selectivos nombrados anteriormente,
salvo que se desee modificar el número de provincias (mínimo dos) consignadas para
obtención de vacantes; se desee consignar una nueva relación de centros, zonas,
localidades o servicios educativos, por orden de preferencia a la vista de lo establecido
en los Anexos IV y VI de centros y de puestos específicos, respectivamente; se desee
pasar a la situación de inactivo o quiera acreditar reconocimiento de discapacidad. En
estos casos, la solicitud presentada al amparo de los referidos procedimientos selectivos
quedará anulada.
Las peticiones se referirán a puestos de la especialidad y cuerpo en cuya bolsa o
bolsas de trabajo figure dicho personal, así como, en su caso y con carácter voluntario, a
centros y puestos específicos de los relacionados en el apartado 2 de la base duodécima
y en los Anexos V y VI de la presente convocatoria, de reunir, en el último caso, los
requisitos para su desempeño.
Para solicitar puestos con requisitos específicos, el personal funcionario interino ha
de formar parte de la bolsa correspondiente al perfil del puesto solicitado. En el caso de
puestos de perfil bilingüe, el personal solicitante habrá de pertenecer a la correspondiente
bolsa bilingüe y reunir los requisitos de titulación a que se refiere la Orden de 28 de
junio de 2011, por la que se regula la enseñanza bilingüe en los centros docentes de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, modificada por la de 18 de febrero de 2013; la Orden
de 31 de marzo de 2016, por la que se resuelve el procedimiento para el reconocimiento
de la acreditación de los niveles de competencia lingüística en lenguas extranjeras para el
profesorado de enseñanza bilingüe en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
correspondiente a la convocatoria de 2015; o la Orden de 21 de marzo de 2018, por la
que se resuelve el procedimiento para el reconocimiento de la acreditación de los niveles
de competencia lingüística en lenguas extranjeras para el profesorado de enseñanza
bilingüe en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, correspondiente a la
convocatoria de 2017; o la Orden de 21 de diciembre de 2018, por la que se resuelve el
procedimiento para el reconocimiento de la acreditación de los niveles de competencia
lingüística en las lenguas extranjeras para el profesorado de enseñanza bilingüe en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, correspondiente a la convocatoria de
2018; o la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se resuelve el procedimiento para
el reconocimiento de la acreditación de los niveles de competencia lingüística en lenguas
extranjeras para el profesorado de enseñanza bilingüe en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, correspondiente a la convocatoria de 2019 que figuran en el
Anexo VII de esta Resolución. Asimismo, habrá de tenerse en consideración lo establecido
en la Orden de 15 de diciembre de 2020, por la que se resuelve el procedimiento para el
reconocimiento de la acreditación de los niveles de competencia lingüística en lenguas
extranjeras para el profesorado de enseñanza bilingüe en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, correspondiente a la convocatoria de 2020.
2.2. No obstante lo anterior, al personal funcionario interino que a 31 de agosto de
2011, tuviera cumplidos 55 años y, al menos, cinco años de servicio reconocidos en las
bolsas de trabajo de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se le garantizará un puesto
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00194200
BOJA
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