3. Otras disposiciones. . (2021/116-15)
Decreto 180/2021, de 15 de junio, por el que se acuerda la formulación del Plan de Ordenación del Territorio de la Serranía de Ronda (Málaga).
6 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Viernes, 18 de junio de 2021
página 215

DISPONGO
Artículo 1. Formulación.
Se acuerda la formulación del Plan de Ordenación del Territorio de la Serranía de
Ronda (Málaga), cuya elaboración se realizará en la forma prevista en el capítulo II del
título I de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, y por las disposiciones establecidas en el presente decreto.
Artículo 2. Ámbito territorial.
El ámbito territorial previsto inicialmente para el Plan de Ordenación del Territorio
de la Serranía de Ronda (Málaga) comprenderá los términos municipales completos
y contiguos de Algatocín, Alozaina, Alpandeire, Ardales, Arriate, Atajate, Benadalid,
Benalauría, Benaoján, Benarrabá, El Burgo, Cartajima, Carratraca, Cortes de la Frontera,
Casarabonela, Cuevas del Becerro, Faraján, Gaucín, Genalguacil, Guaro, Igualeja, Jimera
de Líbar, Jubrique, Júzcar, Monda, Montecorto, Montejaque, Pujerra, Parauta, Ronda,
Serrato, Tolox y Yunquera.

Artículo 4. Contenido.
1. De conformidad con el artículo 11 de la Ley 1/1994, de 11 de enero, el Plan de
Ordenación del Territorio de la Serranía de Ronda (Málaga) contendrá las siguientes
determinaciones:
a) Los objetivos territoriales a alcanzar y las propuestas a desarrollar durante la
vigencia del Plan.
b) El esquema de las infraestructuras básicas y la distribución de los equipamientos
y servicios de ámbito o carácter supramunicipal necesarios para el desarrollo de los
objetivos propuestos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00194159

Artículo 3. Objetivos generales.
Las determinaciones que conformen el contenido del Plan de Ordenación del Territorio
de la Serranía de Ronda (Málaga) se orientarán, dentro del marco establecido por la Ley
1/1994, de 11 de enero y del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, aprobado
por el Decreto 129/2006, de 27 de junio, a la consecución de los siguientes objetivos
generales:
a) Contrarrestar la dinámica demográfica negativa mediante el desarrollo económico
apoyado en la singularidad de los recursos endógenos.
b) Asegurar la integración territorial de la Serranía de Ronda (Málaga) en el sistema
de ciudades de Andalucía y contribuir a la cohesión territorial y social del ámbito en su
conjunto.
c) Reforzar la articulación externa e interna del ámbito, y mejorar la movilidad,
especialmente mediante transporte público.
d) Definir una red de espacios libres de uso público de carácter supramunicipal,
integrada con las zonas urbanas, agrícolas y naturales y con el sistema de articulación
territorial del ámbito.
e) Establecer criterios de ordenación para los nuevos crecimientos urbanos y para
la ubicación de equipamientos, dotaciones e infraestructuras en coherencia con las
necesidades previstas para el conjunto del ámbito.
f) Identificar, en su caso, las zonas que por su valor estratégico deben ser destinadas al
desarrollo de usos y actividades especializadas de alcance e incidencia supramunicipal.
g) Establecer las zonas que deben quedar preservadas del proceso de urbanización
por sus valores o potencialidades territoriales, ambientales, paisajísticas y culturales, o
por estar sometidas a riesgos naturales o tecnológicos.
h) Optimizar las infraestructuras energéticas, hidráulicas y para el tratamiento de
residuos, adaptándolas a las nuevas necesidades del ámbito.