Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/113-6)
Resolución de 8 de junio de 2021, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo, para los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa y Tramitación Procesal en la Oficina Fiscal de la Fiscalía Provincial de Córdoba.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 113 - Martes, 15 de junio de 2021
página 115

Los destinos adjudicados serán irrenunciables. No obstante, la persona que hubiera
obtenido un puesto de trabajo por concurso específico podrá renunciar a este si antes de
finalizar el plazo de toma de posesión hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria
pública, quedando obligada, en este caso, a comunicarlo al órgano convocante. De
incumplir este deber de comunicación, deberá tomar posesión en el primero de los
destinos adjudicados.
Décima. Resolución y tomas de posesión.
1. El concurso se resolverá en el plazo máximo de seis meses, contados desde
el siguiente al de finalización de la presentación de solicitudes, de conformidad con el
artículo 51.3 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, y la resolución se publicará
en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
La resolución se motivará de acuerdo con lo previsto en el artículo 51.4 del citado
Real Decreto 1451/200, de 7 de diciembre .
2. La resolución deberá expresar el puesto de origen del personal interesado a quien
se adjudique destino.
3. El plazo de toma de posesión, al ser un concurso específico derivado de un proceso
de acoplamiento con motivo de la implantación de la nueva Oficina Fiscal, será de tres
días naturales.
4. En los casos en que se participe desde una situación que conlleve reserva de
puesto y se obtenga un puesto en el presente concurso, el personal funcionario afectado
podrá optar entre incorporarse al puesto adjudicado o permanecer en dicha situación,
entendiéndose, en este último caso, que la reserva pasa a serlo del puesto adjudicado.
5. La toma de posesión efectiva de dichos puestos no se producirá hasta la puesta en
funcionamiento de la Oficina Fiscal correspondiente a la Fiscalía Provincial de Córdoba,
cuya fecha se determinará mediante resolución de la Dirección General de Oficina Judicial
y Fiscal.
6. Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se considerará como de servicio
activo a todos los efectos, excepto en los supuestos de reingreso al servicio activo por
reserva del puesto de trabajo.
Undécima. Recursos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de este orden, de conformidad
con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente
a la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
Todo ello sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de reposición, ante la
Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, en el plazo de un mes contado a partir
del día siguiente a su publicación, conforme lo dispuesto en el artículo 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Sevilla, 8 de junio de 2021.- El Director General, Carlos Rodríguez Sierra.
ANEXO I
Méritos y capacidades. Valoración
A. Primera fase: Valoración de méritos generales: Antigüedad.
Por la antigüedad como personal funcionario en el cuerpo de adscripción del puesto
de trabajo al que se opta se otorgará hasta un máximo de 60 puntos, en razón de 2
puntos por año, 0,16666 puntos por mes completo y 0,0055 puntos por día.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00193910

I. Coordinación de la Fiscalía Provincial de Córdoba.