Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/113-6)
Resolución de 8 de junio de 2021, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo, para los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa y Tramitación Procesal en la Oficina Fiscal de la Fiscalía Provincial de Córdoba.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Martes, 15 de junio de 2021
página 113

Cuerpo o Escala, relacionadas con el puesto de trabajo; y por otro lado, las aptitudes
concretas a través de conocimientos, experiencia y aquellos otros elementos que
garanticen la adecuación del aspirante para el desempeño del puesto.
Sexta. Solicitudes.
1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso, irán dirigidas a la Dirección General
de Oficina Judicial y Fiscal, estarán ajustadas al los modelos publicados como Anexo II.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a partir del
día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía y en el Boletín Oficial del Estado. Si no se lograra la simultaneidad de
publicaciones, los plazos se computarán desde el día siguiente al de la publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
3. Las solicitudes se presentarán preferentemente en en el registro electrónico de
la Administración de la Junta de Andalucía y en los lugares y registros previstos en el
artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Para acceder al medio electrónico de presentación, las personas interesadas deberán
identificarse electrónicamente utilizando el sistema basado en certificados electrónicos
reconocidos o cualificados, previstos en las letras a) del apartado 2 del artículo 9 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre. Dichas personas deberán firmar electrónicamente a través
del medio establecido en las letra a) del apartado 2 del artículo 10 de la citada ley.
4. El personal participante podrá solicitar los puestos vacantes que se incluyen en el
Anexo I, siempre que reúna los requisitos exigidos para cada puesto de trabajo.
5. Con la solicitud se adjuntará toda la documentación justificativa de los méritos
alegados. De alegar exclusivamente los méritos inscritos en el Registro General de
Personal de la Junta de Andalucía, se deberá declarar estar conforme con los datos que
consten, quedando exento de aportar documental de los méritos alegados.
6. La Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal aportará de oficio la correspondiente
certificación de la antigüedad en el Cuerpo, de conformidad con lo establecido en la
primera fase de comprobación y valoración de méritos generales, así como la puntuación
correspondiente.
7. Los méritos específicos, deberán relacionarse por el personal solicitante en el
modelo que figura como Anexo III de esta resolución, pudiéndose alegar a tal efecto
titulaciones académicas, cursos, experiencia o permanencia en determinados puestos
cuyo contenido se ajuste a los méritos específicos requeridos. En todo caso, para
poder ser valorados, deberán ser acreditados de manera documental mediante las
correspondientes certificaciones, títulos, justificantes o cualquier otro medio documental,
debidamente compulsados.
8. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
9. Los participantes no podrán anular o modificar su instancia una vez terminado el
plazo de presentación.
10. La solicitud formulada será vinculante para la persona peticionaria una vez
transcurrido el período de presentación de instancias.
Séptima. Comisión de valoración.
Los méritos serán valorados por una Comisión de Valoración compuesta por los
siguientes miembros:

00193910

Presidente:
Titular: Don Manuel Enrique Llorente Magro.
Suplente: Doña M.ª Belén Pérez Sánchez.
Vocales:
Titulares:
Doña Ana Mª Cabanillas Barroso (Secretaria).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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