3. Otras disposiciones. . (2021/113-14)
Resolución de 1 de junio de 2021, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se ordena la inscripción, depósito y publicación del Convenio Colectivo de la Asociación Fondo Andaluz de Municipios para la Solidaridad Internacional, FAMSI.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Martes, 15 de junio de 2021
página 174

las prácticas que se celebren dentro de la jornada de trabajo o en otras horas, con el
correspondiente descuento en este último caso del tiempo invertido en las mismas de la
jornada laboral.
2. FAMSI cumplirá las disposiciones sobre Seguridad y Salud Laboral contenidas en
la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y el resto de
normativa que la complementa y desarrolla. Para ello deberán nombrarse a personas
delegadas de prevención y comités de seguridad y salud en los ámbitos en que la ley
establece. Respecto a la designación, nombramiento, funciones y garantías de dichas
personas delegadas se estará a lo previsto en la legislación vigente.
El crédito horario de las personas delegadas de prevención será el que corresponda
como representantes de los trabajadores y trabajadoras en esta materia específica, de
conformidad con lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores y en la Ley de Prevención
de Riesgos Laborales.

Artículo 38. Vigilancia de la salud.
1. FAMSI garantizará al personal la vigilancia periódica de su estado de salud en
función de los riesgos inherentes al trabajo. Esta vigilancia sólo podrá llevarse a cabo
cuando el personal preste su consentimiento. De este carácter voluntario sólo se
exceptuarán, previo informe de la representación del personal, los supuestos en los que
la realización de los reconocimientos sea imprescindible para evaluar los efectos de las
condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores y trabajadoras o para verificar si
el estado de salud de esa persona puede constituir un peligro para sí misma, para el resto
del personal o para otras personas relacionadas con la actividad desarrollada, o cuando
así esté establecido en una disposición legal en relación con la protección de riesgos
específicos y actividades de especial peligrosidad. En todo caso, se deberá optar por la
realización de aquellos reconocimientos o pruebas que causen las menores molestias al
trabajador o trabajadora y que sean proporcionales al riesgo.
2. Las medidas de vigilancia y control de la salud del personal se llevarán a
cabo respetando siempre el derecho a la intimidad y a la dignidad de la persona y la
confidencialidad de toda la información relacionada con su estado de salud. Los resultados
de la vigilancia serán comunicados al personal afectado y no podrán ser usados con fines
discriminatorios ni en perjuicio del personal, sin que puedan facilitarse a la Entidad o a
otras personas sin consentimiento expreso del interesado o interesada. No obstante, lo
anterior, a las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención se
les informará de las conclusiones que se deriven de los reconocimientos efectuados en
relación con la aptitud del personal para el desempeño del puesto de trabajo o con la
necesidad de introducir o mejorar las medidas de protección y prevención, a fin de que
puedan desarrollar correctamente sus funciones en materia preventiva.
3. En todo caso, los reconocimientos médicos se practicarán:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Artículo 37. Servicios de prevención.
FAMSI contará con un servicio de prevención propio, o ajeno, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 10 del Reglamento de los Servicios de Prevención, que tendrá
como función fundamental el diseño y aplicación del plan de prevención de riesgos
laborales y que incluirá al menos:
- Evaluación de los factores de riesgo que puedan afectar a la salud e integridad de
las personas trabajadoras.
- Determinación de las prioridades en la adopción de medidas preventivas adecuadas
y la vigilancia de su eficacia.
- Información y formación de las personas trabajadoras sobre la prevención de riesgos
y protección de la salud en los puestos de trabajo.
- Asegurar la prestación correcta de los primeros auxilios y planes de emergencia.
- Vigilancia de la salud respecto de los riesgos derivados del trabajo