Disposiciones generales. . (2021/113-3)
Orden de 9 de junio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
67 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Martes, 15 de junio de 2021
página 76

11.c) La resolución prevista en el artículo 5.6 del Texto Articulado será publicada en: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y
sede electrónica de la Consejería competente en materia de servicios sociales.
12.- Criterios de valoración (Artículo 14):
12.a) Criterios de valoración por orden decreciente de importancia, y su ponderación:
Puntuación total: 100 puntos
A.- EXPERIENCIA Y CAPACIDAD DE LAS ENTIDADES SOLICITANTES (0-30 puntos):
A.1. Adecuación de recursos humanos (0-10 puntos).
La naturaleza, características y duración de la contratación del personal asalariado preexistente y de nueva
incorporación.
El empleo de personas con discapacidad de manera análoga a la regulación de esta materia por el Real Decreto
Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de
derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social y el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril,
por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los
trabajadores con discapacidad.
El empleo de personas en situación de exclusión social desempleadas e inscritas en los Servicios Públicos de
Empleo, con especiales dificultades para su integración en el mercado de trabajo, a que se refiere el punto 1
del artículo 2 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de
inserción.
El empleo de mujeres, jóvenes y personas desempleadas de larga duración.
A.2. Alineación con los ODS (Objetivos de Desarrollo Sostenible) de la Agenda 2030. La entidad debe indicar en qué
medida contribuye a los mismos con su actuación (0-2 puntos).
A.3. Antigüedad (0-4 puntos).
Se valorarán los años de antigüedad de la entidad solicitante desde su constitución.
A.4. Existencia de Planes de Igualdad (0-3 puntos).
Se valorará que la entidad solicitante disponga de un Plan de Igualdad en los términos previstos en el Real Decreto
901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto
713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
A.5. Presencia de la mujer en la Junta Directiva o Patronato de la entidad solicitante (0-3 puntos).
Se tendrá en cuenta la composición del órgano de gobierno de la entidad, diferenciando entre hombres y mujeres.
A.6. Calidad en la gestión de la entidad solicitante (0-4 puntos).
Se valorarán por orden decreciente los siguientes aspectos:
Acreditación de que se dispone de plan de calidad con certificado vigente (se admitirá cualquier entidad
certificadora). Auditoría de calidad (externa).
Acreditación de que se han implantado procesos de autoevaluación y mejora continua de sus programas (fecha de
inicio de la implantación, concreción de los procesos y mejoras).
Certificación de buenas prácticas de la entidad en materia de calidad, emitida por cualquier organismo público o
privado (externa).

00193897

A.7. Auditoría externa (0-4 puntos).
Se valorará si la entidad ha sometido su gestión y cuentas a control externo al menos una vez en los dos últimos años.

8

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja