Disposiciones generales. . (2021/555-1)
Extracto de la convocatoria de subvenciones reguladas en el Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones a personas trabajadoras autónomas y empresas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado.
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Extraordinario núm. 55 - Martes, 15 de junio de 2021
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Cumple los requisitos para obtener la condición de entidad o persona beneficiaria de la subvención solicitada.
No se encuentra incursa en ninguna de las circunstancias que prohíben obtener la condición de entidad o persona
beneficiaria, de conformidad con lo establecido en el Decreto-Ley.
No ha solicitado ni obtenido subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, por cualesquiera
Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, que, aisladamente o en concurrencia con
otras subvenciones o ayudas, supere el importe de la actividad subvencionada.
Ha solicitado y/u obtenido otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, por cualesquiera
Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
Solicitadas
Fecha/Año
Administración / Ente público o privado, nacional o internacional
Importe/Concepto
Minimis
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Concedidas
Fecha/Año
Administración / Ente público o privado, nacional o internacional
Importe/Concepto
Minimis
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No ha recibido ni solicitado ninguna otra ayuda pública para financiar los gastos subvencionables para los que presenta
la solicitud de subvención.
O bien que, si ha recibido o solicitado ayudas públicas para financiar los gastos subvencionables, la cuantía de estas
ayudas públicas sumadas a la cuantía de la ayuda solicitada no supera el umbral de 1.800.000 euros de ayuda por
empresa señalado en el punto 3.1 del Marco Temporal relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la
economía en el contexto del actual brote de COVID-19 (2020/C 91 I/01). En caso de haber solicitado o recibido otras
ayudas públicas deberá especificarse: entidad concedente de la ayuda pública, importe, fecha de concesión de la ayuda
pública y normativa de aplicación. En este caso, la empresa deberá justificar los costes fijos no cubiertos y resto de
requisitos exigidos por el punto 2, 4 y 15 del Marco Nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda destinadas a
respaldar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19 en atención al contenido de la Decisión de la
Comisión Europea SA.56851 (2020/N), de 2 de abril de 2020 y sus modificaciones posteriores.
O bien que, si ha recibido o solicitado otras ayudas públicas para financiar los mismos gastos subvencionables, la
cuantía de estas ayudas públicas sumadas a la cuantía de ayuda solicitada no supera el umbral de 10.000.000 euros de
ayuda por empresa señalado en el punto 3.12 del citado Marco Temporal. En caso de haber solicitado o recibido otras
ayudas públicas deberá especificarse: entidad concedente de la ayuda pública, importe, fecha de concesión de la ayuda
pública y normativa de aplicación. En aquellos casos en que la ayuda total acumulada por empresa supere los
1.800.000 euros, la empresa deberá justificar los costes fijos no cubiertos y resto de requisitos exigidos por el punto 2, 9
y 15 del Marco Nacional Temporal en atención al contenido de la Decisión de la Comisión Europea SA.59723 (2020/N),
de 19 de febrero de 2021.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00194059
003490W
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 16
Cumple los requisitos para obtener la condición de entidad o persona beneficiaria de la subvención solicitada.
No se encuentra incursa en ninguna de las circunstancias que prohíben obtener la condición de entidad o persona
beneficiaria, de conformidad con lo establecido en el Decreto-Ley.
No ha solicitado ni obtenido subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, por cualesquiera
Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, que, aisladamente o en concurrencia con
otras subvenciones o ayudas, supere el importe de la actividad subvencionada.
Ha solicitado y/u obtenido otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, por cualesquiera
Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
Solicitadas
Fecha/Año
Administración / Ente público o privado, nacional o internacional
Importe/Concepto
Minimis
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Concedidas
Fecha/Año
Administración / Ente público o privado, nacional o internacional
Importe/Concepto
Minimis
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No ha recibido ni solicitado ninguna otra ayuda pública para financiar los gastos subvencionables para los que presenta
la solicitud de subvención.
O bien que, si ha recibido o solicitado ayudas públicas para financiar los gastos subvencionables, la cuantía de estas
ayudas públicas sumadas a la cuantía de la ayuda solicitada no supera el umbral de 1.800.000 euros de ayuda por
empresa señalado en el punto 3.1 del Marco Temporal relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la
economía en el contexto del actual brote de COVID-19 (2020/C 91 I/01). En caso de haber solicitado o recibido otras
ayudas públicas deberá especificarse: entidad concedente de la ayuda pública, importe, fecha de concesión de la ayuda
pública y normativa de aplicación. En este caso, la empresa deberá justificar los costes fijos no cubiertos y resto de
requisitos exigidos por el punto 2, 4 y 15 del Marco Nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda destinadas a
respaldar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19 en atención al contenido de la Decisión de la
Comisión Europea SA.56851 (2020/N), de 2 de abril de 2020 y sus modificaciones posteriores.
O bien que, si ha recibido o solicitado otras ayudas públicas para financiar los mismos gastos subvencionables, la
cuantía de estas ayudas públicas sumadas a la cuantía de ayuda solicitada no supera el umbral de 10.000.000 euros de
ayuda por empresa señalado en el punto 3.12 del citado Marco Temporal. En caso de haber solicitado o recibido otras
ayudas públicas deberá especificarse: entidad concedente de la ayuda pública, importe, fecha de concesión de la ayuda
pública y normativa de aplicación. En aquellos casos en que la ayuda total acumulada por empresa supere los
1.800.000 euros, la empresa deberá justificar los costes fijos no cubiertos y resto de requisitos exigidos por el punto 2, 9
y 15 del Marco Nacional Temporal en atención al contenido de la Decisión de la Comisión Europea SA.59723 (2020/N),
de 19 de febrero de 2021.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00194059
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PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
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