Disposiciones generales. . (2021/111-2)
Orden de 7 de junio de 2021, por la que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión y matriculación para cursar ciclos formativos de grado medio y superior, así como cursos de especialización de formación profesional en los centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 111 - Viernes, 11 de junio de 2021
página 19

Artículo 7. Distribución de plazas escolares vacantes en formación profesional para
personas adultas.
1. Para la distribución de las plazas escolares vacantes en ciclos formativos de grado
medio para personas adultas se establecen diferentes cupos, en función de los requisitos
de acceso:
a) Cupo 1. El 65% de las plazas escolares se ofrecerá al alumnado que esté en
posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
b) Cupo 2. El 20% de las plazas escolares se ofrecerá al alumnado que esté en
posesión del título de Técnico Básico.
c) Cupo 3. El 10% de las plazas escolares se ofrecerá al alumnado que haya superado
una prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio, o un curso de formación
específico preparatorio para el acceso a ciclos formativos de grado medio.
d) Cupo 4. El 5% de las plazas escolares serán ofertadas a aquellas personas con
experiencia laboral que no tengan las condiciones establecidas para el acceso a ciclos
formativos, para módulos profesionales incluidos en títulos y asociados a unidades de
competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, siempre que
acrediten experiencia laboral, ordenados por el mayor tiempo de experiencia acreditado.
Este cupo no será de aplicación para la oferta completa a distancia.
2. Para la distribución de las plazas escolares vacantes en ciclos formativos de
grado superior para personas adultas se establecen diferentes cupos, en función de los
requisitos de acceso:
a) Cupo 1. El 60% de las plazas escolares se ofrecerán al alumnado que esté en
posesión del título de Bachiller.
b) Cupo 2. El 20% de las plazas escolares serán ofertadas al alumnado que esté en
posesión del título de Técnico de Grado Medio de Formación Profesional.
c) Cupo 3. El 15% de las plazas escolares se ofrecerán al alumnado que haya superado
una prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior o un curso de formación
específico preparatorio para el acceso a los ciclos formativos de grado superior, o esté
en posesión de un título de Técnico Superior de Formación Profesional o de un Grado
universitario.
d) Cupo 4. El 5% de las plazas escolares serán ofertadas a aquellas personas con
experiencia laboral que no tengan las condiciones establecidas para el acceso a ciclos
formativos, para módulos profesionales incluidos en títulos y asociados a unidades de
competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, siempre que
acrediten experiencia laboral, ordenados por el mayor tiempo de experiencia acreditado.
Este cupo no será de aplicación para la oferta completa a distancia.
3. En los cursos de especialización, la totalidad de plazas escolares vacantes
se ofrecerá al alumnado que esté en posesión de alguno de un título de Técnico o de
Técnico Superior asociados al mismo o cumpla los requisitos que para cada curso de
especialización se determinen, conforme con lo establecido en el artículo 41.7 de la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
Artículo 8. Elección de centro docente e información al alumnado y a las familias.
1. Los padres, madres o tutores legales del alumnado o, en su caso, el alumnado mayor
de edad tiene derecho a elegir libremente centro docente, dentro de la programación de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00193755

b) Cupo 2. El 20% de las plazas escolares serán ofertadas al alumnado que esté en
posesión del título de Técnico de Grado Medio de Formación Profesional.
c) Cupo 3. El 15% de las plazas escolares se ofrecerán al alumnado que haya superado
una prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior o un curso de formación
específico preparatorio para el acceso a los ciclos formativos de grado superior, o esté
en posesión de un título de Técnico Superior de Formación Profesional o de un Grado
universitario.