Disposiciones generales. . (2021/110-3)
Orden de 8 de junio de 2021, por la que se dictan normas para la elaboración del Presupuesto de la Junta de Andalucía para el año 2022.
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Número 110 - Jueves, 10 de junio de 2021
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2021, la valoración de impacto de género que las actuaciones financiadas con cargo al
Presupuesto de la Junta de Andalucía para el año 2022 tendrán sobre la reducción de las
desigualdades entre hombres y mujeres, tomando como referencia los estados de gastos,
la ficha de programa y la memoria. Se autoriza a la Dirección General de Presupuestos
para que adopte en su metodología presupuestaria las instrucciones necesarias para que
en dicha información se atienda a las recomendaciones de los informes provisionales
emitidos por la Cámara de Cuentas de Andalucía en aplicación de lo establecido en
el artículo 8 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, así como a las recomendaciones
incluidas en los informes de auditoría que se hubieran tomado en consideración por la
Comisión de Impacto de Genero en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de
Andalucía desde 2018.
La valoración se cumplimentará en el formulario contenido en el Anexo VII y deberá
identificar dichas actuaciones, la finalidad perseguida y las consecuencias previstas de su
aplicación en los ámbitos sobre los que operan las secciones presupuestarias o entidades
responsables de su cumplimiento.
Los programas presupuestarios y entidades instrumentales cuyos informes de auditoría
ha tomado en consideración la Comisión de Impacto de Género en los Presupuestos
de la Comunidad Autónoma de Andalucía desde 2018 deberán reportar información
complementaria, conforme a los modelos establecidos por la Dirección General de
Presupuestos, sobre el grado de cumplimiento de las recomendaciones recibidas. Se
sujetan también a dicha obligación otros programas presupuestarios que hayan previsto
incluir en 2022 compromisos derivados del proceso de auditoría de género.
Para el seguimiento y coordinación de la estrategia, se constituirán grupos de trabajo
técnico con aquellas Consejerías que presentan más debilidades en su implementación,
que estudiarán la definición de los objetivos y actuaciones incluidos en la documentación
presupuestaria, la relevancia y pertinencia de los indicadores de género asociados a ellos
y el avance en el cumplimiento de los Documentos de Orientaciones Estratégicas. En
estos grupos de trabajo, que podrán desarrollarse por medios telemáticos, participarán
las vocalías de la Comisión de Impacto de Género en los Presupuestos de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, las personas responsables de los Servicios de Presupuestos
de las secciones presupuestarias, el personal que desempeñe tareas de programación
presupuestaria en los programas presupuestarios más relevantes y en las entidades
instrumentales, las personas responsables de las Unidades de Igualdad de género,
así como la persona que ostenta la jefatura de servicio de la Dirección General de
Presupuestos con funciones en este ámbito, que coordinará el grupo de trabajo. Asimismo,
podrán participar aquellas otras que por su conocimiento o experiencia en materia de
presupuestación con perspectiva de género puedan aportar valor a los trabajos de análisis
desarrollados.
El análisis de los indicadores que integran el apartado «Realidad» se completará
siguiendo las instrucciones que al efecto dicte la Dirección General de Presupuestos.
Al objeto de elaborar el informe sobre la incidencia de los indicadores presupuestarios
en el cambio climático, exigido por el artículo 31 de la Ley 8/2018, de 8 de octubre,
las Consejerías, agencias y consorcios deberán explicitar en la documentación
correspondiente del Módulo MIEP de GIRO de sus fichas de programa, cuáles de los
indicadores relacionados con sus objetivos o actuaciones inciden en el cambio climático,
así como la justificación de su incidencia. Para ello dispondrán de los mismos plazos
señalados para la elaboración de las memorias.
Con carácter general, para el desarrollo de esta tarea se pondrá a disposición de
los órganos directivos una guía de incorporación de la perspectiva medioambiental al
Presupuesto de la Comunidad Autónoma.
A estos efectos, la Consejería con competencias en materia de medioambiente podrá
mantener reuniones con las secciones presupuestarias que ella misma determine, según
el grado de incidencia de sus programas en el desarrollo de actuaciones presupuestarias
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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