Disposiciones generales. . (2021/110-2)
Orden de 4 de junio de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las comunidades andaluzas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a actividades de promoción cultural, de orientación a la población andaluza en el exterior, así como para el mantenimiento de dichas entidades.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 110 - Jueves, 10 de junio de 2021
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sería más justo y equitativo. Asimismo favorecería la competitividad entre las posibles
entidades beneficiarias.
Por último, con respecto a los criterios de valoración fijados en las presentes bases
reguladoras se han incorporado algunos de los criterios enumerados en el artículo 15.2 del
Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos
de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía. No obstante,
no se ha considerado conveniente la inclusión de determinados criterios del citado artículo
al no tener influencia en la valoración total de las solicitudes, a la vista de la naturaleza
jurídica de las entidades y de la finalidad de las subvenciones, como son:
15.2.c) La valoración de empleos estables creados y, en su caso, los empleos estables
mantenidos.
15.2.d) La valoración de actuaciones que incluyan la perspectiva de discapacidad.
15.2.e) La ponderación del impacto en la salud.
15.e.f) La seguridad laboral.
No se exige que, junto a la solicitud de la subvención, las entidades interesadas
aporten ningún otro documento, sin perjuicio de su presentación posterior.
Los rendimientos financieros que, en su caso, se generen por los fondos librados no
incrementarán el importe de la subvención concedida y no se aplicarán a la actividad
subvencionada dada la naturaleza de las entidades a la que van dirigidas y la inmediatez
en la aplicación de los fondos.
Las distintas líneas de ayuda contempladas en esta Orden de bases reguladoras, se
encuentran incluidas en la Orden de 12 de febrero de 2020, por el que se aprueba el Plan
Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Interior para el período 2020-2022.
En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 118.1 del Texto Refundido
de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado mediante
Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, el artículo 4.6 del Decreto 282/2010, de 4
de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de
Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la
Comunidad Autónoma de Andalucía,

Artículo único. Aprobación de las bases reguladoras de subvenciones a las
Comunidades Andaluzas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a
actividades de promoción cultural, de orientación a la población andaluza en el exterior
así como para el mantenimiento de dichas entidades.
1. Se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones a las
comunidades andaluzas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a
actividades de promoción cultural, de orientación a la población andaluza en el exterior
así como para el mantenimiento de dichas entidades.
2. Estas bases reguladoras están integradas por:
a) El texto articulado de las bases reguladoras tipo para la concesión de subvenciones
en régimen de concurrencia competitiva aprobadas mediante Orden de 20 de diciembre
de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la
Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia competitiva (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre).
b) Cuadros resumen que se insertan a continuación de esta Orden:
Línea (1): Acciones culturales sobre la identidad andaluza, así como proyección de la
imagen de Andalucía en el exterior, realizadas por comunidades andaluzas asentadas en
el exterior.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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