Disposiciones generales. . (2021/110-2)
Orden de 4 de junio de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las comunidades andaluzas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a actividades de promoción cultural, de orientación a la población andaluza en el exterior, así como para el mantenimiento de dichas entidades.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 110 - Jueves, 10 de junio de 2021
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Línea (2): Acciones culturales sobre la identidad andaluza, así como proyección de
la imagen de Andalucía en el exterior, realizadas por Coordinadoras o Federaciones de
Comunidades Andaluzas.
Línea (3): Ayudas para el sostenimiento de la actividad ordinaria de las entidades
mediante la financiación de gastos corrientes.
Línea (4): Acciones destinadas a favorecer la interacción entre las comunidades
andaluzas en el exterior, como representantes de la emigración andaluza, y las personas
que deciden emigrar actualmente.
Disposición adicional única. Delegación de competencias.
Se delega en la persona titular del órgano directivo que tenga atribuidas las
competencias en materia de Comunidades Andaluzas:
a) La competencia para resolver el procedimiento de concesión de las subvenciones.
b) La competencia para resolver la inadmisión de las solicitudes presentadas.
c) La competencia para aceptar el desistimiento de las solicitudes presentadas y la
renuncia a las subvenciones concedidas.
d) La competencia para iniciar y resolver el procedimiento de modificación de la
resolución de concesión.
e) La competencia para iniciar y resolver el procedimiento de reintegro.
f) La competencia para iniciar y resolver el procedimiento sancionador.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas las normas de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto
en la misma, y en particular la Orden de 9 de mayo de 2018, por la que se establecen las
bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las Comunidades Andaluzas,
en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a actividades de promoción cultural,
de orientación a la población andaluza en el exterior así como para el mantenimiento de
dichas entidades.
Sevilla, 4 de junio de 2021
ELÍAS BENDODO BENASAYAG

00193684

Consejero de la Presidencia,
Administración Pública e Interior

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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