Disposiciones generales. . (2021/109-1)
Orden de 2 de junio de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 109 - Miércoles, 9 de junio de 2021
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CUADRO RESUMEN DE LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES A CONCEDER POR EL PROCEDIMIENTO DE
CONCURRENCIA COMPETITIVA.
0.- Identificación de la línea de subvención:

Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones
de extrema necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero.

1.- Objeto (Artículo 1):

Mejorar la calidad de vida de las personas andaluzas en situación de extrema necesidad, residentes en
países extranjeros. Dicho ámbito territorial será establecido en cada Convocatoria.
Dichas personas han de ostentar o estar en disposición de obtener, la nacionalidad española y la condición
política de andaluz o andaluza, conforme a lo establecido en el artículo 5 del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.

2.- Conceptos subvencionables (Artículos 1, 5, 9 y 17).
2. a ) Conceptos subvencionables :

Aquellos gastos que no se encuentren cubiertos por el sistema sanitario público o por el sistema de
servicios sociales del territorio donde se produzca la situación de extrema necesidad, o por otras
subvenciones y ayudas públicas o privadas de análoga naturaleza que sean necesarios para mejorar la
calidad de vida de las personas andaluzas en situación de extrema necesidad.

2. b ) Posibilidad de reform ulación de solicitudes :
Sí.
No .
2. c) Posibilidad de solicitar dos o m ás subvenciones .
No .
Sí. Núm ero :
Solo se puede optar a una de ellas .
Es posible optar a las siguientes subvenciones :
En el supuesto de que las personas o entidades solicitantes no hayan expresado su opción en plazo , se entenderá que han optado por:

2. d ) Ám bitos territoriales y/o funcionales de com petitividad :
La Com unidad Autónom a Andaluza .
La provincia :
Otro ám bito territorial:
Otro ám bito funcional:

3.- Régimen jurídico específico aplicable (Artículo 2):
No se establece .
Sí. Con carácter específico , las presentes subvenciones se regirán por las norm as que seguidam ente se relacionan :

4.- Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones, requisitos que deben reunir, periodo de mantenimiento y
excepciones (Artículo 3):
4. a ) Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones y requisitos que deben reunir:
4. a ).1º. Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes personas o entidades :
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones que se regulan en
entidades sin ánimo de lucro que desarrollen actividades fuera
concurran los requisitos establecidos en artículo 13 de la Ley
General de Subvenciones, y en el artículo 12 del Reglamento de
de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía,
4 de mayo.

estas bases reguladoras las
de territorio español, en las que
38/2003, de 17 de noviembre,
los procedimientos de concesión
aprobado por Decreto 282/2010 de

1. Encontrarse legalmente constituidas y cumplir con los requisitos de inscripción establecidos,
en su caso, en el registro público correspondiente a la entidad y exigibles en el lugar donde
ejercite su actividad. La entidad deberá regirse por criterios democráticos y de no
discriminación.
2. Acoger y/o prestar asistencia social, sanitaria o análoga a las personas contempladas en el
punto 1(reuniendo los requisitos del párrafo 3), que se encuentren en situación de necesidad en
el extranjero carentes de recursos.
3. Atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de las personas andaluzas
en el exterior que cumplan los siguientes requisitos:
- Residir de forma permanente en el extranjero y poseer o estar en disposición de obtener la
Tarjeta de Andaluz/a en el Exterior, conforme a lo establecido en el Decreto 303/2011, de 11 de
octubre, por el que se crea la Tarjeta de Andaluz o Andaluza en el exterior y se regula el
procedimiento para su concesión.
- Carecer de bienes e ingresos que permitan hacer frente a necesidades asistenciales o a
situaciones de extrema necesidad (menos del 30% del IPREM en PPA del país correspondiente).

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00193594

4. a ).2º. Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención :