Disposiciones generales. . (2021/109-1)
Orden de 2 de junio de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 109 - Miércoles, 9 de junio de 2021
página 11

DISPONGO
Artículo único. Aprobación de las bases reguladoras de subvenciones a entidades
sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a atender
necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas andaluzas
residentes en el extranjero.
1. Se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones a entidades
sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a atender
necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas andaluzas
residentes en el extranjero.
2. Estas bases reguladoras están integradas por:
a) El texto articulado de las bases reguladoras tipo para la concesión de subvenciones
en régimen de concurrencia competitiva aprobadas mediante Orden de 20 de diciembre
de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la
Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia competitiva (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre).
b) Cuadro resumen que se inserta a continuación.
Disposición adicional única. Delegación de competencias.
Se delega en la persona titular del órgano directivo que tenga atribuidas las
competencias relacionadas con la atención y apoyo a los andaluces y andaluzas en el
exterior:
a) La competencia para resolver el procedimiento de concesión de las subvenciones.
b) La competencia para resolver la inadmisión de las solicitudes presentadas.
c) La competencia para aceptar el desistimiento de las solicitudes presentadas y la
renuncia a las subvenciones concedidas.
d) La competencia para iniciar y resolver el procedimiento de modificación de la
resolución de concesión.
e) La competencia para iniciar y resolver el procedimiento de reintegro.
f) La competencia para iniciar y resolver el procedimiento sancionador.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas las normas de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto
en la misma, y en particular la Orden de 18 de diciembre de 2019, por la que se establecen
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro,
en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a atender necesidades asistenciales
y situaciones de extrema necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero.
Disposición final primera. Habilitación.
Se faculta a la persona titular del órgano directivo que tenga atribuidas las
competencias relacionadas con la atención y apoyo a los andaluces y andaluzas en el
exterior, para cuantas actuaciones sean necesarias para la ejecución y aplicación de la
presente orden.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.

ELÍAS BENDODO BENASAYAG
Consejero de la Presidencia,
Administración Pública e Interior

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00193594

Sevilla, 2 de junio de 2021