Disposiciones generales. . (2021/108-2)
Orden de 2 de junio de 2021, por la que se modifica la Orden de 30 de agosto de 2018, por la que se establece la política de la seguridad de las tecnologías de la información y telecomunicaciones así como el marco organizativo y tecnológico en el ámbito de la Consejería.
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Número 108 - Martes, 8 de junio de 2021
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de la Administración Electrónica, y en la normativa reguladora de la política de seguridad
de las tecnologías de la información y comunicaciones en la Administración de la Junta
de Andalucía y determinar la política de seguridad que se ha de emplear en la utilización
de los medios electrónicos que permita la adecuada protección de la información.
2. En particular, le corresponde:
a) Aprobar el desarrollo de la política de seguridad TIC de segundo nivel, según lo
previsto en el artículo 18.
b) Velar por el desarrollo, implantación, concienciación, formación y divulgación,
así como por el cumplimiento y actualización de la política de seguridad TIC en la
Consejería.
c) Planificar y priorizar las iniciativas necesarias para cumplir con las directrices, los
objetivos y los principios básicos marcados en la presente política de seguridad TIC. En
especial, la elaboración, actualización y reevaluación periódica de los análisis de riesgos
necesarios.
d) Proporcionar, dentro de los límites establecidos en los programas asignados por
las leyes anuales de presupuestos a la Consejería, los medios y recursos necesarios
para posibilitar la realización de las iniciativas planificadas.
e) Coordinar a alto nivel todas las actuaciones de seguridad, velando para que la
definición y el desarrollo de las mismas se adecuen en todo momento a las directrices
marcadas por la política de seguridad TIC, involucrando a las diferentes áreas
implicadas.
f) Velar para que todos los ámbitos de responsabilidad y actuación en relación
a la seguridad TIC y su tratamiento queden perfectamente definidos, aprobando los
nombramientos necesarios para ello. Especialmente, para asegurar que la totalidad
de miembros de la estructura de seguridad definida conozcan sus funciones y
responsabilidades.
g) Nombrar un Grupo de Respuesta a Incidentes de Seguridad de la Información.
h) Nombrar la Unidad de Seguridad TIC de la Consejería designando su persona
responsable que ostentará la condición de Responsable de Seguridad TIC de la
Consejería.
i) Promover y fomentar la divulgación y formación en cultura de la seguridad TIC, así
como la mejora continua de la seguridad en la organización, aprobando los planes de
mejora de seguridad TIC propuestos por la Unidad de Seguridad TIC, y velando por la
asignación y cumplimiento de las responsabilidades oportunas.
j) Velar porque la seguridad TIC se tenga en cuenta en todos los proyectos TIC desde
su especificación inicial hasta su puesta en operación. En particular deberá velar por la
creación y utilización de servicios horizontales que reduzcan duplicidades y apoyen un
funcionamiento homogéneo de todos los sistemas TIC.
k) Asegurar que el desarrollo normativo que tenga incidencia en el desarrollo o
explotación de sistemas de información se adecua a lo establecido en la política de
seguridad TIC.
l) Resolver los conflictos que puedan aparecer entre las diferentes personas
responsables o entre diferentes áreas de la organización en materia de seguridad TIC.
m) Coordinar las medidas técnicas y organizativas establecidas en la normativa de
protección de datos personales, de acuerdo con los correspondientes análisis de riesgos
y, en su caso, las evaluaciones de impacto en la protección de datos, contando con el
asesoramiento del DPD.
n) Coordinar el Documento de Seguridad en los términos exigidos por la normativa de
protección de datos de carácter personal.
3. Al Comité le corresponde también aplicar, en el ámbito de la Consejería, las
previsiones contenidas en la normativa de seguridad interior.
4. A este respecto, le corresponde en particular:
a) Definición, aprobación y seguimiento de los objetivos, iniciativas y planes
estratégicos para la seguridad interior, incluido el Plan de Seguridad Interior.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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