Disposiciones generales. . (2021/103-1)
Orden de 26 de mayo de 2021, por la que se modifica la de 23 de junio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al mantenimiento de las agrupaciones locales del voluntariado de protección civil.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Martes, 1 de junio de 2021
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8. d ). Excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de entidad /es colaboradora /s :
No se establecen .
Se establecen las siguientes excepciones al artículo 7.4 del Texto Articulado :

8. e ). Condiciones de solvencia y eficacia :
No se establecen .
Se establecen las siguientes condiciones :

8. f). Particularidades y contenido que , en su caso , se establecen para el convenio de colaboración o contrato :
No se establecen .
Se establecen las siguientes :

8. g). Funciones y obligaciones de la /s entidad /es colaboradora /s :

9.- Subcontratación (Artículo 8).
9. a ). Posibilidad de subcontratación :
Sí. Porcentaje m áxim o :
No .

9. b ). En caso afirm ativo , docum entación a presentar junto con la solicitud de autorización para la subcontratación :
Ninguna .
En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 3. b ) del artículo 8 del Texto Articulado , se deberá presentar la siguiente
docum entación :
En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 7. d ).1.ª, del artículo 8 del Texto Articulado , se deberá presentar la siguiente
docum entación :

10.- Solicitudes y escritos (Artículos 8, 10, 11, 13, 14, 17 y 23).
10. a ). Obtención del form ulario :
En el Portal de la Adm inistración de la Junta de Andalucía .
En la siguiente dirección electrónica :

En la dirección electrónica que se establezca en la convocatoria.

En las sedes de los siguientes órganos :
En los siguientes lugares :

10. b ). Órgano al que se dirigirán las solicitudes :

Las solicitudes suscritas por la persona titular de la Alcaldía/
Presidencia de la entidad local o por quien se apodere para
ello, se dirigirán a la persona Titular de la Delegación del
Gobierno de la Junta de Andalucía de la respectiva provincia,
sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.

10. c) Las solicitudes se podrán presentar, adem ás de en el registro electrónico de la Adm inistración de la Junta de Andalucía , a través de
la dirección electrónica En la dirección electrónica que se establezca en la convocatoria.
,
en los siguientes lugares y registros :

- Las personas o entidades que , conform e al apartado 4. e ) de este Cuadro Resum en , estén obligadas a relacionarse a través de m edios
electrónicos , podrán , adem ás de en el registro electrónico arriba señalado , presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes registros
electrónicos :
- Las personas o entidades que , conform e al apartado 4. e ) de este Cuadro Resum en , no estén obligadas a relacionarse a través de m edios
electrónicos , podrán , adem ás de en el registro electrónico arriba señalado , presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes lugares y
registros :

10. d ) Adem ás de los señalados en el artículo 11.2 del Texto Articulado , se podrán utilizar los siguientes sistem as de firm a electrónica :

11.- Convocatoria y plazo para la presentación de solicitudes (Artículo 5 y 12).
11. a ) Adem ás de lo establecido en el artículo 12.1 del Texto Articulado , la convocatoria y su extracto se publicarán en :
Convocatoria :

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00193163

10. e ) Registro en el que la fecha de entrada de las solicitudes a las que se alude en el artículo 8.8 del Texto Articulado y de los escritos a
los que se alude en el artículo 23.4, en el m ism o , determ ina el inicio del plazo para dictar la resolución o acuerdo y notificarlo :