Disposiciones generales. . (2021/102-1)
Resolución de 21 de mayo de 2021, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se efectúa la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a las Escuelas de Música y Danza dependientes de entidades locales para el año 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Lunes, 31 de mayo de 2021
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Décimo. Plazo de resolución y notificación.
1. El plazo para dictar la resolución y notificación del procedimiento será de seis
meses, contados a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Transcurrido dicho plazo sin que se hubiese dictado y notificado resolución expresa las
solicitudes podrán entenderse desestimadas por silencio administrativo según dispone el
artículo 120.4 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
2. La resolución pondrá fin al procedimiento y agotará la vía administrativa, pudiendo
interponerse contra ella recurso contencioso-administrativo, en la forma y los plazos
establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en los términos establecidos
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Undécimo. Medios de notificación o publicación.
Los actos que deban notificarse de forma conjunta a todas las entidades interesadas
y, en particular, los de requerimientos de subsanación, el trámite de audiencia y el de
resolución del procedimiento, se publicarán en la página web indicada en el apartado 19
del Cuadro Resumen, en los términos del artículo 45.b) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, y del artículo 12 de la Ley 11/2007, de 22 de junio. En todo caso, esta publicación
sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos.
Duodécimo. Aportación de declaración responsable.
En cumplimento del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de
Protección Jurídica del Menor, cuya aplicación se regula a través de la Instrucción 1/2016,
de 5 de febrero, de la Secretaría General para la Administración Pública, cuando las
subvenciones se destinen en todo o en parte al desempeño de funciones que impliquen
contacto habitual con menores, será obligatorio por parte de la entidad solicitante de la
subvención o ayuda, la aportación de declaración responsable de que todo el personal
al que corresponde la realización de esas tareas cuenta con el Certificado negativo del
Registro Central de delincuentes sexuales.
Decimotercero. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de la publicación del extracto
de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente,
conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de
reposición ante la persona titular del órgano competente en materia de ordenación, en
el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo
establecido en los artículos 112, 114, 115, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

00193100

Sevilla, 21 de mayo de 2021.- La Directora General, Aurora María A. Morales Martín.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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