Disposiciones generales. . (2021/90-2)
Orden de 7 de mayo de 2021, por la que se modifica la de 19 de diciembre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades privadas y organizaciones sin ánimo de lucro, para la cooperación en la implantación y el desarrollo de las estrategias locales de intervención en zonas desfavorecidas en Andalucía, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 90 - Jueves, 13 de mayo de 2021
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5. Para calcular los costes de personal se tendrá en cuenta solamente el tiempo efectivo dedicado a la operación FSE, incluyéndose
las vacaciones, los días de libre disposición o el tiempo de asistencia a cursos de formación relacionados con el puesto de trabajo,
siempre y cuando su desempeño tenga conexión con la operación FSE.
A estos efectos no se computan las situaciones con derecho a retribución en las que no se presta servicio efectivo como las
ausencias o las incapacidades temporales, ni las situaciones recogidas en el artículo 37.3 del Texto Refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. En esos casos, del importe de
los gastos de personal reembolsables deberá excluirse también la parte proporcional de las cotizaciones a la Seguridad Social
que proceda.
6. La suma de todos los gastos subvencionables señalados tendrán como límite las cuantías máximas de las retribuciones previstas
para el grupo y categoría profesional establecidos para el personal laboral de la Junta de Andalucía.
5.c).2º. Posibilidad de compensar gastos subvencionables:
No.
Sí. Se podrán compensar los siguientes gastos subvencionables: Se podrá compensar entre cualquiera de los conceptos de
los costes directos del presupuesto aceptado.
Porcentaje máximo que se permite compensar:
Porcentaje máximo: Hasta un 20% de de los costes directos del presupuesto aceptado.
El porcentaje máximo se indicará en la Resolución de concesión.
5.d) Costes indirectos:
No serán subvencionables costes indirectos. Se entenderán como costes indirectos conforme al apartado 2 del artículo 2 de la
Orden ESS/1924/2016, de 13 de diciembre, aquellos que, aunque no puedan vincularse directamente con la actividad
subvencionada, son necesarios para su ejecución. Dentro de los costes indirectos se incluyen tanto los que son imputables a
varias actividades específicas, sean o no todas ellas subvencionables, como aquellos costes generales de estructura de una
entidad que, sin ser imputables a una actividad subvencionada concreta, son necesarios para que esta se lleve a cabo.
Criterios de imputación y método de asignación de los mismos:
Fracción del coste total que se considera coste indirecto imputable a la actividad subvencionada:
5.e) Plazo dentro del que deben haberse realizado los gastos subvencionables:
Los gastos subvencionables estarán comprendidos dentro del periodo de ejecución del proyecto. En caso de extenderse a lo largo
de dos anualidades deberán estar dentro de la anualidad que le corresponda según el presupuesto aceptado.
Además, podrán considerarse subvencionables los gastos que se hayan efectuado con anterioridad a la concesión de la
subvención atendiendo a las siguientes circunstancias:

00191856

- En el supuesto de programas que sean de continuidad, únicamente se considerarán gastos subvencionables los realizados
desde la finalización de la ejecución del programa anteriormente subvencionado.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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