3. Otras disposiciones. . (2021/88-19)
Resolución de 29 de abril de 2021, conjunta de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, Dirección Gerencia, y de la Dirección General de Servicios Sociales, por la que se modifica la Resolución de 10 de julio de 2018, por la que se establecen los requisitos de acreditación de la cualificación profesional y de las habilitaciones de las personas cuidadoras, gerocultoras y auxiliares de ayuda a domicilio, y se regula y convoca el procedimiento de las habilitaciones.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 88 - Martes, 11 de mayo de 2021
página 103

En la actualidad, para dar cumplimiento a estos acuerdos y sin perder de vista que la
necesidad de asegurar la continuidad y la adecuada atención de las personas usuarias
de los centros de servicios sociales y del Servicio de Ayuda a Domicilio en Andalucía
durante la crisis sanitaria ha obligado a realizar en ocasiones inevitables contrataciones
de personal sin titulación y por razones de urgencia, es preciso regular la situación de
este personal y modificar el régimen de habilitación provisional establecido, además de
clarificar determinadas cuestiones que aconseja la experiencia adquirida en la tramitación
del procedimiento.
Por otro lado, se mantiene el régimen de flexibilidad en los municipios rurales de
pequeño tamaño cuando no dispongan de profesionales con la cualificación requerida y
se acredite la no existencia de demandantes de empleo en la zona con las características
exigidas, en los términos señalados en la Resolución de 10 de julio de 2018.
La presente resolución se elabora en desarrollo de lo establecido en la Orden de 1 de
julio de 1997, por la que se regula la acreditación de los centros de atención especializada
a las personas mayores y personas con discapacidad; la Orden de 5 de noviembre de
2007, por la que se regula el procedimiento y los requisitos para la acreditación de los
centros para personas mayores en situación de dependencia en Andalucía; y la Orden
de 15 de noviembre de 2007, por la que se regula el Servicio de Ayuda a Domicilio en la
Comunidad Autónoma de Andalucía; teniendo en cuenta la transversalidad de género,
conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la
promoción de la igualdad de género en Andalucía.
En virtud de lo expuesto, en desarrollo de las órdenes citadas, el Director-Gerente
de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía y el Director General
de Servicios Sociales, en uso de las competencias atribuidas en artículo 15.2 de los
Estatutos de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, aprobados
por el Decreto 101/2011, de 19 de abril, y el artículo 8 del Decreto 106/2019, de 12 de
febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad,
Políticas Sociales y Conciliación, respectivamente, y demás normativa de aplicación,
R ES U ELV EN

Uno. Se modifica el apartado cuarto, relativo a la habilitación provisional, que queda
redactado como sigue:
«Cuarto. Habilitación provisional.
Las personas cuidadoras, gerocultoras y auxiliares de ayuda a domicilio que, a 31
de diciembre de 2017, hayan trabajado en su respectiva categoría profesional pero no
alcancen los requisitos establecidos para la habilitación excepcional se podrán habilitar
provisionalmente si se comprometen, mediante declaración responsable, a participar en los
procesos de evaluación y acreditación de la experiencia laboral que se convoquen desde
el ámbito estatal o autonómico, o a realizar la formación vinculada a los correspondientes
certificados de profesionalidad o títulos de formación profesional, a fin de obtener el título
o certificado de profesionalidad que acredite su cualificación profesional hasta el 31 de
diciembre de 2022, incluido.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00191734

Primero. Modificación de la Resolución de 10 de julio de 2018, por la que se establecen
los requisitos de acreditación de la cualificación profesional y de las habilitaciones de
las personas cuidadoras, gerocultoras y auxiliares de ayuda a domicilio, y se regula y
convoca el procedimiento de las habilitaciones.
La Resolución de 10 de julio de 2018, por la que se establecen los requisitos
de acreditación de la cualificación profesional y de las habilitaciones de las personas
cuidadoras, gerocultoras y auxiliares de ayuda a domicilio, y se regula y convoca el
procedimiento de las habilitaciones, queda modificada como sigue: