5. Anuncios5. Otros anuncios oficiales. . (2021/88-30)
Anuncio de 26 de abril de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Cádiz, por el que se da publicidad a la resolución favorable de la misma fecha, relativa a la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual, convocadas por Orden de 29 de junio de 2020 (BOJA extraordinario núm. 42, de 1 de julio de 2020) y reguladas por Orden de 8 de junio de 2020 (BOJA extraordinario núm. 37, de 12 de junio de 2020).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 88 - Martes, 11 de mayo de 2021
página 189
Tercero. Asimismo, resultan igualmente de aplicación:
- Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de
Vivienda 2018-2021.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como las demás normas básicas que desarrollen
la ley.
- Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los
procedimientos de concesión de la Administración de la Junta de Andalucía.
- Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
- Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en
Andalucía, modificada por la Ley 9/2018, de 8 de octubre.
- Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al
ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno, de acuerdo con lo establecido en su disposición final octava.
- Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
- Ley 6/2019, de 19 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2020.
Esta Delegación es competente para dictar el presente acto administrativo, por
delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de vivienda, en
virtud del apartado 12 del Cuadro Resumen de las BB.RR., y en relación con el Decreto
342/2012 de 31 de julio, modificado por el Decreto 32/2019 de 5 de febrero (BOJA núm.
28 de 11 de febrero), por el que se regula la organización territorial provincial de la
Administración de la Junta de Andalucía.
Por todo ello, vista la propuesta definitiva de resolución dictada por el Servicio de
Vivienda, esta Delegación Territorial
R ES U ELV E
Segundo. Conceder la ayuda a las personas arrendatarias que, como consecuencia
del impacto económico y social del COVID-19, tengan problemas transitorios para atender
el pago total o parcial para la devolución de aquellas ayudas transitorias de financiación
que hayan solicitado para el pago de la renta de su vivienda habitual, reguladas en el
artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas
urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19,
relacionadas en el Anexo II.
Se advierte que, por tratarse de financiación estatal, el abono efectivo se realizará
una vez recibidos los fondos necesarios.
Tercero. Los requisitos que han de cumplir los beneficiarios de esta ayuda al
alquiler financiada con cargo al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, a excepción de
los correspondientes a la documentación detallada en el apartado 14.a)1 del Cuadro
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00191733
Primero. Conceder la ayuda a las personas arrendatarias que, como consecuencia
del impacto económico y social del COVID-19, tengan problemas transitorios para atender
el pago total o parcial del alquiler de su vivienda habitual, relacionadas en el Anexo I.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 88 - Martes, 11 de mayo de 2021
página 189
Tercero. Asimismo, resultan igualmente de aplicación:
- Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de
Vivienda 2018-2021.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como las demás normas básicas que desarrollen
la ley.
- Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los
procedimientos de concesión de la Administración de la Junta de Andalucía.
- Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
- Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en
Andalucía, modificada por la Ley 9/2018, de 8 de octubre.
- Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al
ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno, de acuerdo con lo establecido en su disposición final octava.
- Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
- Ley 6/2019, de 19 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2020.
Esta Delegación es competente para dictar el presente acto administrativo, por
delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de vivienda, en
virtud del apartado 12 del Cuadro Resumen de las BB.RR., y en relación con el Decreto
342/2012 de 31 de julio, modificado por el Decreto 32/2019 de 5 de febrero (BOJA núm.
28 de 11 de febrero), por el que se regula la organización territorial provincial de la
Administración de la Junta de Andalucía.
Por todo ello, vista la propuesta definitiva de resolución dictada por el Servicio de
Vivienda, esta Delegación Territorial
R ES U ELV E
Segundo. Conceder la ayuda a las personas arrendatarias que, como consecuencia
del impacto económico y social del COVID-19, tengan problemas transitorios para atender
el pago total o parcial para la devolución de aquellas ayudas transitorias de financiación
que hayan solicitado para el pago de la renta de su vivienda habitual, reguladas en el
artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas
urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19,
relacionadas en el Anexo II.
Se advierte que, por tratarse de financiación estatal, el abono efectivo se realizará
una vez recibidos los fondos necesarios.
Tercero. Los requisitos que han de cumplir los beneficiarios de esta ayuda al
alquiler financiada con cargo al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, a excepción de
los correspondientes a la documentación detallada en el apartado 14.a)1 del Cuadro
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00191733
Primero. Conceder la ayuda a las personas arrendatarias que, como consecuencia
del impacto económico y social del COVID-19, tengan problemas transitorios para atender
el pago total o parcial del alquiler de su vivienda habitual, relacionadas en el Anexo I.