5. Anuncios5. Otros anuncios oficiales. . (2021/87-22)
Resolución de 29 de abril de 2021, de la Dirección General de Calidad, Innovación y Fomento del Turismo, por la que se da publicidad al Convenio Tipo a suscribir entre la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local y las Universidades de Andalucía, para la realización de prácticas académicas externas del alumnado, en las sedes de las Delegaciones Territoriales de Turismo en las correspondientes provincias.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 87 - Lunes, 10 de mayo de 2021
página 180

Para la válida constitución de la Comisión será necesaria al menos la asistencia,
personal o a distancia, de la persona que ejerza la presidencia y la Secretaria, o quienes
les suplan, y la mitad, al menos, de las personas que la compongan.
Se levantará acta de cada una de las reuniones.
6. Los acuerdos de la Comisión serán adoptados por mayoría de votos. A estos
efectos, corresponde a la persona titular de la presidencia dirimir con su voto los empates.
La presidencia de la comisión se ejercerá por turno rotatorio semestral entre las personas
representantes de las partes firmantes.
7. En lo no previsto expresamente en este Convenio, la Comisión de Seguimiento se
someterá a lo dispuesto en el Título Preliminar, Capítulo II, Sección 3.ª, Subsección 1.ª,
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo
dispuesto en el Título IV, Capítulo II, Sección 1.ª, de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía.
Duodécima. Alumnado con discapacidad.
Las partes fomentarán que las prácticas sean accesibles para su realización por
parte del alumnado con discapacidad procurando, en la medida de sus posibilidades, la
disposición de los medios apropiados que aseguren la igualdad de oportunidades.
Decimotercera Protección de datos de carácter personal.
Con relación a la protección de datos de carácter personal, se estará a lo dispuesto en el
Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016,
relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de los datos
de carácter personal y a libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva
95/46/UE (Reglamento General de Protección de Datos), y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Decimoquinta. Régimen jurídico del Convenio.
1. El presente Convenio tiene como objeto establecer un marco de cooperación
educativa en materia de prácticas académicas externas curriculares o extracurriculares
(elegir opción) conforme a las disposiciones que al respecto, y de manera específica,
determinan el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, el Real Decreto 1393/2007, de 29 de
octubre, el artículo 24 del Estatuto del Estudiante Universitario, así como la Normativa de
Prácticas Académicas Externas de la Universidad de........................................
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00191619

Decimocuarta. Ausencia de vinculación.
1. La realización de las prácticas académicas externas curriculares o extracurriculares
(elegir una opción) no supondrá la existencia de vinculación o relación laboral, contractual
o estatutaria, de ningún tipo, entre el alumnado y la Consejería de Turismo, Regeneración,
Justicia y Administración Local, por lo que ésta no abonará retribución alguna, dineraria
o en especie, al alumnado por la realización de las prácticas, de conformidad con lo
establecido en el artículo 2, apartado 3, del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio. De
igual forma, la realización de estas prácticas académicas externas no podrá tener la
consideración de mérito para el acceso a la función pública, ni será computada a efectos
de antigüedad o reconocimiento de servicios previos, todo ello de conformidad con el
artículo 2, apartado 5, del citado real decreto.
2. Por parte de la Universidad de ........................................, con anterioridad al
inicio de las prácticas, se dará traslado a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social,
de la relación de personas que en su condición de alumnado de la misma vayan a
realizar sus prácticas académicas externas en la Delegación Territorial de Turismo
en ........................................, con indicación de la fecha de inicio, periodo y horario de las
prácticas.
3. Las prácticas académicas externas curriculares o extracurriculares (elegir opción)
estarán ajustadas a la formación y competencias del estudiantado y su contenido no podrá dar
lugar, en ningún caso, a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.