5. Anuncios5. Otros anuncios oficiales. . (2021/87-22)
Resolución de 29 de abril de 2021, de la Dirección General de Calidad, Innovación y Fomento del Turismo, por la que se da publicidad al Convenio Tipo a suscribir entre la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local y las Universidades de Andalucía, para la realización de prácticas académicas externas del alumnado, en las sedes de las Delegaciones Territoriales de Turismo en las correspondientes provincias.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 87 - Lunes, 10 de mayo de 2021
página 178

En todo caso, por cada alumnado seleccionado se emitirá un documento por parte
de la Universidad de ........................................ en el que consten los datos referentes al
estudiantado, proyecto formativo, características y ubicación de las prácticas, según
modelo que se adjunta como Anexo II (Acuerdo de Prácticas), debiendo remitirse a la
Consejería para su autorización.
(El citado documento o documentos, cumplimentado y firmado, se adjuntará como
anexo o anexos a los convenios que se suscriban adaptándose al convenio tipo).
Séptima. Desarrollo de las prácticas.
1. La duración de las prácticas se establecerá de conformidad con las siguiente
previsiones:
(Deberá elegirse entre las opciones a o b y reordenar la división del apartado 1. En el
caso de prácticas académicas externas curriculares se mantendrá la opción c).
a) Las prácticas académicas externas curriculares tendrán la duración que establezca
el plan de estudios correspondiente, en los términos establecidos por el artículo 12.6 del
Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre.
b) Las prácticas académicas externas extracurriculares tendrán una duración
preferentemente no superior al cincuenta por ciento del curso académico, sin perjuicio
de lo que fije la Universidad de ........................................, procurando el aseguramiento del
correcto desarrollo y seguimiento de las actividades académicas del estudiantado.
c) Salvo en casos especialmente justificados, la finalización de la práctica académica
externa curricular se deberá programar para que se produzca preferentemente antes del
fin del curso académico donde el estudiantado se hubiera matriculado en la asignatura de
«prácticas externas» o la equivalente a ésta.
d) El horario de realización de la práctica se establecerá por la unidad administrativa
en la que se vaya a llevar a cabo y de acuerdo con las características de la misma y las
disponibilidades de aquélla, y quedará reflejado en un documento específico. Se procurará
que el horario sea compatible con la actividad académica, formativa y de representación
y participación desarrollada por el estudiantado en la Universidad, debiendo además
permitir, en el caso de personas con discapacidad, conciliar la realización de las prácticas
con aquellas actividades o situaciones personales derivadas o conectadas con la situación
de incapacidad.
El régimen de permisos será el que se establezca en la Normativa de Prácticas
Académicas Externas vigente en la Universidad de ........................................
2. No podrán realizarse por parte del alumnado en prácticas, actividades que impliquen
participación directa o indirecta en el ejercicio de funciones o potestades públicas, según
está establecido en el artículo 9.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Novena. Rescisión, renuncia y revocación de las prácticas.
Una práctica podrá ser rescindida por la Consejería de Turismo, Regeneración,
Justicia y Administración Local, renunciada por el alumnado en prácticas o revocada por
la Universidad, según lo dispuesto en la Normativa de Practicas Académicas Externas de
la Universidad de ........................................
La comunicación a la Universidad de la rescisión o renuncia de las prácticas
academicas externas se realizará por escrito en el que se deberán motivar las causas.
En todo caso se dará audiencia a la otra parte, resolviendo el organo gestor de las
prácticas competentes de la Universidad de ........................................
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00191619

Octava. Compromisos económicos.
El presente Convenio no conlleva obligaciones financieras ni contraprestación
económica para ninguna de las partes.