3. Otras disposiciones. . (2021/83-10)
Orden de 17 de abril de 2021, por la que se aprueban los estatutos del Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local de Córdoba y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 4 de mayo de 2021
página 57
de la publicación de esta orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, todo ello
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía, los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 17 de abril de 2021
JUAN ANTONIO MARÍN LOZANO
Vicepresidente de la Junta de Andalucía
y Consejero de Turismo, Regeneración,
Justicia y Administración Local
ANEXO
ESTATUTOS DEL COLEGIO OFICIAL DE SECRETARIOS, INTERVENTORES, TESOREROS
DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL DE CÓRDOBA
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 2. Naturaleza jurídica. Fines. Funciones.
1. Naturaleza jurídica:
a) El Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local
de Córdoba es una corporación de derecho público de carácter profesional y de estructura
y funcionamiento democrático, con personalidad jurídica propia e independiente y plena
capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, que agrupa a los funcionarios de
Administración Local con habilitación de carácter nacional, pertenecientes a las subescalas
de Secretaría, Intervención-Tesorería y Secretaría-Intervención que ejercen sus funciones
profesionales en el ámbito territorial de la provincia de Córdoba, el cual se constituye al
amparo del artículo 36 de la Constitución Española y se rige por la Ley 2/1974, de 14 de
febrero, de Colegios Profesionales, la Ley 6/1995, de 29 de diciembre, del Parlamento de
Andalucía, por la que se regulan los Consejos Andaluces de Colegios Profesionales, y
demás legislación básica estatal en materia de Colegios Profesionales y la autonómica
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00191251
Artículo 1. Objeto.
1. Constituyen el objeto de los presentes estatutos regular las peculiaridades
organizativas y profesionales del Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros
de Administración Local de Córdoba (en adelante COSITAL Córdoba), al amparo de lo
preceptuado en los Estatutos Generales de la Organización Colegial de Secretarios,
Interventores y Tesoreros de la Administración Local aprobados por Real Decreto
353/2011, de 11 de marzo, y del Estatuto del Consejo Andaluz de Colegios de Secretarios,
interventores y Tesoreros de Administración local de Andalucía.
Por su virtud el COSITAL Córdoba es una corporación de derecho público constituida
con arreglo a la ley, con estructura y funcionamiento interno democráticos que agrupa
a quienes integran la escala de funcionarios con habilitación de carácter nacional
pertenecientes a las subescalas que la componen.
2. El COSITAL Córdoba tiene personalidad jurídica propia y capacidad de obrar plena
para el cumplimiento de sus fines. En su organización y funcionamiento se encuentra
sujetos al principio de transparencia en su gestión, gozando de plena autonomía, en el
marco de los Estatutos generales y de sus propios Estatutos particulares.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 4 de mayo de 2021
página 57
de la publicación de esta orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, todo ello
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía, los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 17 de abril de 2021
JUAN ANTONIO MARÍN LOZANO
Vicepresidente de la Junta de Andalucía
y Consejero de Turismo, Regeneración,
Justicia y Administración Local
ANEXO
ESTATUTOS DEL COLEGIO OFICIAL DE SECRETARIOS, INTERVENTORES, TESOREROS
DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL DE CÓRDOBA
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 2. Naturaleza jurídica. Fines. Funciones.
1. Naturaleza jurídica:
a) El Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local
de Córdoba es una corporación de derecho público de carácter profesional y de estructura
y funcionamiento democrático, con personalidad jurídica propia e independiente y plena
capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, que agrupa a los funcionarios de
Administración Local con habilitación de carácter nacional, pertenecientes a las subescalas
de Secretaría, Intervención-Tesorería y Secretaría-Intervención que ejercen sus funciones
profesionales en el ámbito territorial de la provincia de Córdoba, el cual se constituye al
amparo del artículo 36 de la Constitución Española y se rige por la Ley 2/1974, de 14 de
febrero, de Colegios Profesionales, la Ley 6/1995, de 29 de diciembre, del Parlamento de
Andalucía, por la que se regulan los Consejos Andaluces de Colegios Profesionales, y
demás legislación básica estatal en materia de Colegios Profesionales y la autonómica
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00191251
Artículo 1. Objeto.
1. Constituyen el objeto de los presentes estatutos regular las peculiaridades
organizativas y profesionales del Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros
de Administración Local de Córdoba (en adelante COSITAL Córdoba), al amparo de lo
preceptuado en los Estatutos Generales de la Organización Colegial de Secretarios,
Interventores y Tesoreros de la Administración Local aprobados por Real Decreto
353/2011, de 11 de marzo, y del Estatuto del Consejo Andaluz de Colegios de Secretarios,
interventores y Tesoreros de Administración local de Andalucía.
Por su virtud el COSITAL Córdoba es una corporación de derecho público constituida
con arreglo a la ley, con estructura y funcionamiento interno democráticos que agrupa
a quienes integran la escala de funcionarios con habilitación de carácter nacional
pertenecientes a las subescalas que la componen.
2. El COSITAL Córdoba tiene personalidad jurídica propia y capacidad de obrar plena
para el cumplimiento de sus fines. En su organización y funcionamiento se encuentra
sujetos al principio de transparencia en su gestión, gozando de plena autonomía, en el
marco de los Estatutos generales y de sus propios Estatutos particulares.